Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 26-03-2025
Madrid número 18 (BOCM-20250326-66)
Procedimiento 2851/2024
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Procedimiento 2851/2024Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 72
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
66
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 2851/2024 entre D./Dña. ENRIQUE TORRES BANBERGER y D./Dña. JEAN CARLOS PERICHE MUNDACA por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
CÉDULA DE CITACIÓN
TRIBUNAL QUE ORDENA CITAR:
Juzgado de Instrucción n° 18 de Madrid.
ASUNTO EN EL QUE SE ACUERDA:
Juicio sobre delitos leves 2851/2024.
PERSONA QUE SE CITA:
D./Dña. ENRIQUE TORRES BANBERGER
SE LE CITA EN CALIDAD DE:
Perjudicado/a.
OBJETO DE LA CITACIÓN:
Asistir a la celebración de la vista del juicio oral.
DÍA Y HORA Y LUGAR DONDE DEBE COMPARECER:
01/04/2025 a las 11:00, en la Sala de Vistas Juzgado 18 Planta 6.
PREVENCIONES LEGALES
RESUMEN DE LOS HECHOS OBJETO DE LA DENUNCIA
Hechos: Lesiones.
Lugar: Madrid.
Fecha de los hechos: 11/11/2024.
Denunciado/a: D./Dña. JEAN CARLOS PERICHE MUNDACA.
En Madrid, a 05 de febrero de 2025.
BOCM-20250326-66
1. Se le hace saber que el juicio podrá celebrarse sin su presencia, y con apercibimiento de que si reside en la demarcación de este juzgado, y no comparece ni alega justa
causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa de 200 a 2000 euros, y demás perjuicio que hubiere lugar en derecho.
2. Conforme al art. 109 de la LECR como perjudicado tiene derecho a mostrarse parte en el proceso y renunciar o no a la restitución de la cosa, reparación del daño e indemnización del perjuicio causado por el hecho punible, y conforme al art. 110 del mismo texto
legal, tiene derecho a mostrarse parte en la causa y ejercitar las acciones civiles y penales
que procedan o solamente unas u otras, según les conviniere, sin que por ello se retroceda
en el curso de las actuaciones. Aun cuando no se muestre parte en la causa, no por esto se
entiende que renuncian al derecho de restitución, reparación o indemnización que a su favor puede acordarse en sentencia firme, siendo menester que la renuncia de este derecho se
haga en su caso de una manera expresa y terminante.
3. De mostrarse parte en la causa, deberá comparecer al acto de juicio con todos los
medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos...).
4. Puede acudir asistido de Abogado/a, si bien no es obligatorio.
5. Se le hace saber que en su primera comparecencia debe designar, si dispone de
ellos, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono a los que se les remitirán las comunicaciones y notificaciones.
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