Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-04-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
01/04/2025

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250401-34)

Regulación profesión conductor – Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se regula la prueba para el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid

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Regulación profesión conductor – Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se regula la prueba para el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 77

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
ORDEN de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se regula la prueba para el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid.

El Decreto 5/2024, de 10 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla
la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, en materia de arrendamientos de vehículos con conductor, establece en su artículo 3.1.f) que, para poder ejercer la profesión de conductor de
vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid “se deberá superar
la prueba para valorar los conocimientos, que al efecto se establezca por la consejería competente en materia de transportes, en relación con el manejo de dispositivos digitales con
mapa de navegación, uso del castellano, primeros auxilios, contenido de este reglamento y
de las normas reguladoras de los servicios de transporte público en vehículos de arrendamiento con conductor, lugares, oficinas públicas, hoteles y centros de ocio más importantes de la Comunidad de Madrid, así como aquellos otros que se puedan determinar por la
citada consejería”.
La regulación de la prueba para el acceso a la profesión de conductor de vehículos de
arrendamiento con conductor responde a las necesidades de seguridad vial y calidad del
servicio en el ámbito del transporte privado. La falta de un marco regulador específico podría derivar en una prestación del servicio no uniforme y en posibles riesgos para los usuarios, especialmente en lo relativo a la seguridad y a la atención al cliente. Además, la creciente competencia en el sector hace imprescindible contar con una normativa que
establezca determinados requisitos para el acceso a esta profesión.
Esta prueba, que tendrá formato de test, se divide en cuatro módulos que evalúan el conocimiento de la lengua castellana, conocimiento sobre los sistemas de navegación, itinerarios, destinos de mayor concurrencia, conocimientos sobre la accesibilidad para personas
con movilidad reducida, primeros auxilios, la atención al cliente y el marco jurídico del sector, asegurando de esta manera que los conductores estén capacitados en las competencias
necesarias para desarrollar su ejercicio profesional de una forma eficaz y segura.
Con el fin de atender a la demanda y asegurar un acceso continuo a la profesión, se dispone que la realización de la prueba se realice de forma periódica, con la posibilidad de
ajustar su frecuencia conforme a las necesidades existentes. Con esta medida se garantiza
que los aspirantes puedan presentarse a la prueba en un plazo razonable de tiempo, evitando retrasos innecesarios.
En aplicación del artículo 3.2 del Decreto 5/2024, de 10 de enero, tras la superación de
la prueba, y una vez acreditados los requisitos establecidos, se expedirá de forma electrónica el permiso de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor que tendrá una vigencia de cinco años.
En cuanto a la realización de la prueba, se prevé que los titulares de un permiso de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor expedido por otra Comunidad Autónoma, así como los titulares de un permiso de conductor de autotaxi expedido por un Ayuntamiento, puedan quedar exentos de realizar la prueba siempre que la prueba superada para
la obtención de dichos permisos incluya la evaluación de conocimientos equivalentes a los
regulados en esta orden.
En la elaboración del proyecto se han tenido en cuenta los principios de buena regulación
recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24
de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.
La norma responde a los principios de necesidad y eficacia, pues, con ella se regula la
prueba para acceder a la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid, respondiendo de esta forma al interés general de mejorar
los servicios de transporte disponibles para los ciudadanos de la Comunidad de Madrid, fi-

BOCM-20250401-34

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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 01-04-2025

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