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Boletín Oficial Comunidad Madrid
03/04/2025

Alcobendas (BOCM-20250403-52)

Régimen económico. Padrones fiscales

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Contenido de la primera página

Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 260

JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 79

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al público durante el plazo de quince días para su examen y reclamación por parte de los interesados, los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:
CONCEPTO

EJERCICIO

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

2025

TASAS POR UTILIZACIONES PRIVATIVAS O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL,
POR QUIOSCOS, ANUNCIOS, CAJEROS Y FOTOMATONES.

2025

Durante el plazo indicado de exposición al público, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Europeo 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor, número 1, planta
baja, del Ayuntamiento) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información
de los referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público:
OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (S.A.C.) CON CITA PREVIA
Oficina en el Ayuntamiento de Alcobendas
Plaza Mayor, 1

Oficina Distrito Centro: Pza. Pueblo, 1
Oficina Distrito Urbanizaciones: Av. Bruselas, 19

HORARIO: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Julio, agosto y Navidad: de 8:30 a 14:30h.

Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00.
Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados

Cita Previa Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.):

Servicio Atención Telefónica:









A través de la web municipal: www.alcobendas.org
Llamando al 010 desde Alcobendas (coste llamada según tarifa de
cada operadora de telefonía) o

Teléfono 010 si llama desde Alcobendas.
Llamando al 912969088 desde fuera de Alcobendas o desde móviles

Llamando al 91296.90.88 desde móviles o desde fuera de HORARIO: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00.
Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados
Alcobendas

Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente en el presente anuncio, los interesados podrán interponer:
— Con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de
finalización del período de exposición pública, el recurso de reposición previsto
en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el
órgano que lo dictó;
— O bien directamente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, la reclamación económico-administrativa prevista en el artículo 137 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del
Ayuntamiento de Alcobendas. En todo caso, la reclamación económico-administrativa tendrá carácter preceptivo para poder interponer recurso contenciosoadministrativo.
Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición no se podrá interponer reclamación económico-administrativa hasta que aquel sea resuelto de forma expresa o pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Alcobendas, a 13 de marzo de 2025.—La alcaldesa, Rocío García Alcántara.
(01/4.791/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250403-52

Información y gestiones tributarias en la dirección web: www.alcobendas.org Oficina Tributaria Virtual del Ayuntamiento de Alcobendas
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