Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-04-2025
Colmenarejo (BOCM-20250422-50)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Organización y funcionamiento. Delegación funcionesPág. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 95
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El señor alcalde, en fecha 4 de abril de 2025, ha dictado la siguiente resolución con número 284/2025, que literalmente transcrita, dice:
“Don Fernando Juanas Cerrada, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Colmenarejo
(Madrid):
Visto que corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad
de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.
Visto que durante el período comprendido entre los días 10 de abril de 2025 y 16 de
abril de 2025 (ambos incluidos), el Sr. alcalde se encontrará ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y artículo 33 del Reglamento Orgánico Municipal, aprobado definitivamente por acuerdo de sesión plenaria ordinaria fecha 29 de octubre de 2019,
Primero.—Delegar en doña Elisa de Pedraza Fernández del Pino, primera teniente de alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el período comprendido entre
los días 10 de abril de 2025 y 16 de abril de 2025 (ambos incluidos), que el Sr. alcalde se encontrará ausente del municipio.
Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal
y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
Cuarto.—La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante
esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días
hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que
establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá
interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de
este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción
de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
BOCM-20250422-50
RESUELVO
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 22-04-2025
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de 2 líneas en dentro de zona urbana, polígono...
Convenio – Convenio de 2 de abril de 2025, de cooperación educativa, entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Agencias de viajes – Resolución de 8 de abril de 2025, de cese de actividad de la agencia de viajes “Arcobaleno Viajes, S. L.”, “Ismytravel” y “Mi Caribe Mastertravel, S. L.”
Organización y funcionamiento. Delegación funciones