Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-05-2025
Delegación del Gobierno en Madrid (BOCM-20250514-33)
Expropiación
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ExpropiaciónB.O.C.M. Núm. 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
Pág. 119
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
33
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Madrid, por el que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, formalización de las actas de ocupación en el procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución del proyecto de la línea eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación Torrejón de
Velasco 400 kV, de la línea a 400 kV Morata-Villaviciosa, en el término municipal de Torrejón de Velasco, en la Comunidad de Madrid.
Mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 24 de
febrero de 2025, publicada el 7 de marzo de 2025, en el “Boletín Oficial del Estado” número 57, se otorgó la Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de
Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación de la línea
eléctrica a 400 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación Torrejón de Velasco 400 kV, de la línea a 400 kV Morata-Villaviciosa, en el término municipal de Torrejón
de Velasco, en la Comunidad de Madrid.
De conformidad con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico y el artículo 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, a los
efectos de lo previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.
Con fecha 17 de marzo de 2025 y en virtud de lo establecido por el artículo 5 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de Expropiación Forzosa, Red Eléctrica de España, S. A. U., en su condición de entidad beneficiaria de la expropiación presentó ante la Delegación del Gobierno en Madrid escrito solicitando el
inicio de la tramitación del procedimiento expropiatorio de los bienes y derechos afectados por las instalaciones correspondientes al proyecto citado y, en consecuencia, la convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y Actas de Ocupación,
si procediera.
En cumplimiento del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los
titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación concreta e individualizada se
acompaña al presente anuncio, con independencia de la notificación individual, por cédula, que en los mismos términos se practica a los afectados, para que en el día y hora que se
señala en este escrito comparezcan en el Ayuntamiento de Torrejón de Velasco (Madrid),
al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera,
las de ocupación definitiva, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno si fuese necesario.
El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 24 de junio de 2025,
en el Salón de Plenos del Ayuntamiento Torrejón de Velasco, sito en la calle Greco, sin
númjero, 28990 Torrejón de Velasco, según el horario que se asigna a cada afectado en la relación anexa a este anuncio.
Los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por
personas debidamente autorizadas por escrito, aportando el Documento Nacional de Identidad del titular y representante y los documentos acreditativos de su titularidad actualizados, preferiblemente nota simple del registro de la propiedad. Además, puede aportar escritura pública y, en defecto de ésta, certificación catastral actualizada, el último recibo del
Impuesto de Bienes Inmuebles (en caso de que en éste último no constase el número de referencia catastral del bien objeto de expropiación, deberán solicitar certificación de desglose del recibo en el Ayuntamiento del municipio en el que éste se encuentra), contrato
de compra-venta o de arrendamiento y otros de los que resulte cualquier derecho real o
personal sobre los bienes a expropiar, incluidos preacuerdos con el beneficiario en el procedimiento expropiatorio. Si lo estiman oportuno, pueden acompañarse de perito y/o notario, a su costa.
BOCM-20250514-33
Exp.: LAT 02/21
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