Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-05-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250517-1)
Convenio – Convenio de colaboración de 5 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación ASOMAFRUT para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de servicios
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Convenio – Convenio de colaboración de 5 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación ASOMAFRUT para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de serviciosB.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 3
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
1
CONVENIO de colaboración de 5 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid
(Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación ASOMAFRUT para
la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de servicios.
D. Santiago Blázquez Mozún, en representación de la Asociación de Empresarios Mayoristas del Mercado Central de Frutas de Madrid —ASOMAFRUT— y en calidad de gerente.
DECLARO
Que el órgano de gobierno competente de la entidad ha acordado, con fecha 1 de abril
de 2025, solicitar la adhesión al Convenio suscrito, con fecha 7 de marzo de 2025, entre la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid y la Asociación
de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de
Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos
Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios
Artesanos del sector de pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su
Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de
Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de
Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la única Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de detallistas de huevos, aves y caza de la provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio
Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios
de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de
Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de
Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la
Asociación de Comercios de Hábitat de la Comunidad de Madrid, la Asociación profesional de tintorerías y lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM),la Asociación
para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA), la Asociación
de talleres de Automoción(ASETRA) y la Asociación de Empresarios Mayoristas de Pescados de Madrid (AEMPM),para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción
y fomento de la actividad comercial y de servicios.
Que la entidad adherente comparte los fines del convenio y que las actuaciones que se compromete a desarrollar coinciden con sus fines, objeto y el ámbito de actividad que le es propio.
Y, en consecuencia,
La voluntad de la entidad cuya representación ostento de adherirse expresamente a todas y cada una de las cláusulas del convenio mencionado y adquirir los compromisos contenidos en el mismo.
De conformidad con el procedimiento establecido en la cláusula cuarta del convenio
referenciado, de fecha 7 de marzo de 2025, se ha dado debida cuenta de la adhesión solicitada por las partes intervinientes a la Comisión de Seguimiento.
Madrid, a 5 de mayo de 2025.—El Presidente de la Comisión de Seguimiento, Santiago Blázquez Mozún.
BOCM-20250517-1
MANIFIESTO
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