Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-05-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250524-10)
Convenio – Adenda de 7 de mayo de 2025, de prórroga del convenio de 9 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Presidencia, Justicia y Administración Local y de Cultura, Turismo y Deporte, y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, para la colaboración en actividades de dinamización de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Adenda de 7 de mayo de 2025, de prórroga del convenio de 9 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Presidencia, Justicia y Administración Local y de Cultura, Turismo y Deporte, y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, para la colaboración en actividades de dinamización de las zonas rurales de la Comunidad de MadridPág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 123
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
10
ADENDA de 7 de mayo de 2025, de prórroga del convenio de 9 de mayo de 2024,
entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Presidencia, Justicia y Administración Local y de Cultura, Turismo y Deporte, y la Mancomunidad
de Servicios del Valle Norte del Lozoya, para la colaboración en actividades de dinamización de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 7 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023),
actuando en el ejercicio de su cargo y en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte
de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en el ejercicio de su cargo y en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D.a Eva María Gallego Berzal, Presidenta de la Mancomunidad de Servicios
del Valle Norte del Lozoya (en adelante “la Mancomunidad”), elegida por la Junta de Mancomunidad de 29 de septiembre de 2023, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 7 de los Estatutos de dicha Mancomunidad.
Reconociéndose las partes la capacidad legal y representación necesarias para formalizar la presente adenda al convenio,
I. Que con fecha 9 de mayo de 2024 se firmó el convenio entre la Comunidad de
Madrid, a través de las Consejerías de Presidencia, Justicia y Administración Local y de
Cultura, Turismo y Deporte, y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya,
para la colaboración en actividades de dinamización de las zonas rurales de la Comunidad
de Madrid (en adelante el convenio).
Conforme lo establecido en la cláusula séptima, el convenio entró en vigor en la fecha
de su firma y tiene una vigencia de un año, pudiendo ser prorrogado por períodos anuales
de forma expresa hasta un máximo de cuatro.
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada en el ejercicio 2024 en el desarrollo y ejecución de las actividades de dinamización de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid, y se comprometen a dar continuidad al mismo durante
un año más.
II. Que las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de dicho convenio de colaboración se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha la extinción del
mismo, incluidas las prórrogas.
BOCM-20250524-10
EXPONEN
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