Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-06-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
23/06/2025

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250623-28)

Regulación competencia digital – Orden 2031/2025, de 11 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla el Decreto 94/2024, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente en la Comunidad de Madrid

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Regulación competencia digital – Orden 2031/2025, de 11 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla el Decreto 94/2024, de 2 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente en la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025

Pág. 149

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 2031/2025, de 11 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se desarrolla el Decreto 94/2024, de 2 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento para la acreditación
de la competencia digital docente en la Comunidad de Madrid.

La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, dispone en su artículo 83.1 relativo al derecho a la educación
digital que el sistema educativo garantizará la plena inserción de los alumnos en la sociedad
digital y el aprendizaje de un consumo responsable y un uso crítico y seguro de los medios
digitales y respetuoso con la dignidad humana, la justicia social y la sostenibilidad medioambiental, los valores constitucionales, los derechos fundamentales y, particularmente, con el
respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar y la protección de datos personales.
Asimismo, las actuaciones realizadas en este ámbito tendrán carácter inclusivo, en particular en lo que respecta a los alumnos con necesidades educativas especiales.
Advierte igualmente que las Administraciones educativas deberán incluir en el desarrollo del currículo la competencia digital a la que se refiere el apartado anterior, así como
los elementos relacionados con las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, con especial atención a las situaciones de violencia en la red.
A este respecto, y fruto de la necesidad de alfabetizar digitalmente a toda la comunidad educativa, el artículo 111 bis 5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que las Administraciones educativas y los equipos directivos de los centros
promoverán el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el aula como
medio didáctico apropiado y valioso para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje. Las Administraciones educativas deberán establecer las condiciones que hagan posible la eliminación en el ámbito escolar de las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, con especial
atención a las situaciones de violencia en la red.
Así, la formación del personal docente, que constituye un derecho y un deber reconocido en el artículo 102.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, también abarca el ámbito
digital. Por ello, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, establece en su artículo 83.2 que
los docentes recibirán las competencias digitales y la formación necesaria para la enseñanza
y transmisión de los valores y derechos referidos en ese mismo artículo.
Por ello, surge la necesidad de evaluar el nivel de competencia digital, no solo de los
alumnos sino también de sus profesores. Así, el artículo 111 bis 6 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, también prevé que desde la Administración General del Estado se elaborarán
y revisarán, previa consulta a las comunidades autónomas, los marcos de referencia de la
competencia digital que orienten la formación inicial y permanente del profesorado y faciliten el desarrollo de una cultura digital en los centros y en las aulas.
Por ello, desde el año 2022 ha comenzado a intensificarse la elaboración de disposiciones a este respecto en el ámbito educativo. En concreto, el Acuerdo de 30 de marzo de 2022,
de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre la actualización del marco de referencia de la
competencia digital docente, publicado por la Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, y el Acuerdo de 23 de junio de 2022 de
la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia digital docente, publicado por la Resolución de 1 de julio de 2022, de
la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. El primer texto describe el
marco de referencia de la competencia digital docente vigente, enumerando todas sus áreas,
competencias, etapas, niveles e indicadores de logro, así como su puesta en práctica a través de afirmaciones sobre el desempeño correspondientes a cada nivel de competencia. Se
trata, por tanto, de un marco común a todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas, siendo objeto de desarrollo posterior por cada una de ellas. El segundo Acuerdo de

BOCM-20250623-28

28

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 23-06-2025

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250623-34)

Depósito estatutos – Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Productores y Exhibidores de Teatro Musical-APETM (número de depósito 28100066)

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SUMMA 112 (BOCM-20250623-38)

Formalización contrato – Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección-Gerencia del SUMMA 112 por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato SUMMA PA/SE/02/24 denominado “Prestación del Transporte Sanitario Terrestre Programado Zona Sector Este”

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