Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-06-2025
Cobeña (BOCM-20250625-84)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Régimen económico. Modificación presupuestariaBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 150
MIÉRCOLES 25 DE JUNIO DE 2025
Pág. 425
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 29
de mayo de 2025, de aprobación inicial de modificación de créditos número 8/2025, en la
modalidad de suplemento de crédito financiado con bajas de créditos no comprometidos,
como sigue a continuación:
RESUMEN POR CAPÍTULOS
ESTADO DE GASTOS
CAP.
CRÉDITO
INICIAL
MODIFI.
ANTERIORES
MODIFICACIÓN
ACTUAL
CRÉDITO
FINAL
6
1.434.500,00
+4.055.445,57
-43.552,42
+43.552,42
5.489.945,57
BOCM-20250625-84
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las
Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente
recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25
a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
En Cobeña, a 24 de junio de 2025.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/10.297/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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