Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-06-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250627-25)
Convenio – Convenio de 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA), para impulsar actuaciones dirigidas a las personas mayores en el ámbito de la información y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA), para impulsar actuaciones dirigidas a las personas mayores en el ámbito de la información y atención al ciudadano de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
Pág. 119
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
25
CONVENIO de 27 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Confederación Española de
Organizaciones de mayores (CEOMA), para impulsar actuaciones dirigidas a las
personas mayores en el ámbito de la información y atención al ciudadano de la
Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 27 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de
junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo
con lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y al artículo 3, apartado 2, del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. José Luis Fernández Santillana, en calidad de presidente de la Confederación Española de Organizaciones de mayores (en adelante CEOMA), actuando en nombre y representación de la citada entidad según escrituras de protocolización de acuerdos y
de elevación a público de acuerdos sociales, otorgadas ante el Notario del Ilustre Colegio
de Madrid, D. Fernando Pérez Alcalá del Olmo, el 13 de junio de 2024, con el número de
protocolo dos mil quinientos veintitrés y con los poderes y capacidad jurídica para firmar
convenios, conferidos en la Asamblea General de CEOMA de fecha 12 de junio de 2024
elevado a público en escritura el 14 de junio de 2024, y conforme al bastanteo de poderes
ratificado por la Letrada de la Comunidad de Madrid de 25 de febrero de 2025.
EXPONEN
Que para que las personas mayores puedan ejercer sus derechos es imprescindible garantizar el acceso en igualdad de condiciones a los distintos ámbitos de la sociedad, evitando riesgo de exclusión por motivo de género, edad, discapacidad o dependencia. En esta línea, el gobierno de la Comunidad de Madrid considera prioritaria la atención a este
colectivo, para lo cual ha desarrollado una estrategia integral, que incluye la correspondiente estructura administrativa que asume competencias específicas en esta materia, órganos de
colaboración y participación de los agentes involucrados en el sector (Consejo Regional de
mayores) y el desarrollo de proyectos asistenciales y culturales. El envejecimiento de la población y la evolución de la dependencia son grandes retos que debemos gestionar para garantizar
e incrementar el bienestar social de un colectivo que en nuestra región representa el 18 %
de la población (1 de cada 5 habitantes aprox). Todos ellos merecen que la Comunidad de
Madrid les ofrezca unos servicios de atención e información personalizada, que les dedique
en su gestión el tiempo adecuado, con los materiales necesarios para que puedan expresar
sus necesidades, conocer sus derechos, acceder a los servicios y cumplir sus obligaciones
de manera ajustada a sus características personales, en una etapa de su existencia en la que
la sociedad debe compensar todo lo que ellos han ofrecido lo largo de sus vidas.
Segundo
Que en al ámbito de la información y atención al ciudadano la normativa estatal básica estableció las garantías mínimas de los ciudadanos respecto de la actividad administra-
BOCM-20250627-25
Primero
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