Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-07-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250701-65)
Convenio – Adenda de 9 de junio de 2025, de modificación del convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad de Madrid, para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad
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Convenio – Adenda de 9 de junio de 2025, de modificación del convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad de Madrid, para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidadPág. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 155
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
65
ADENDA de 9 de junio de 2025, de modificación del convenio entre el Instituto
de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad de Madrid, para la cesión de
uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.
REUNIDOS
De una parte, doña María Teresa Sancho Castiello, Directora General del Instituto de
mayores y Servicios Sociales (en adelante Imserso), entidad gestora de la Seguridad Social
adscrita al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, cargo para el que fue nombrada en virtud del Real
Decreto 1217/2023, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” número 310, de 28 de
diciembre), y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en
el artículo 5 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre.
Y, de otra parte, doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en nombre de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 46/2023 de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y competente para
la suscripción de la presente adenda conforme al artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas administraciones
públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la
presente adenda en los términos que en ella se contienen y, al efecto,
EXPONEN
I
Que el Imserso y la Comunidad de Madrid firmaron el 21 de junio de 2023, un convenio para la cesión de uso de forma no exclusiva por parte del Imserso a la Comunidad de
Madrid, de la aplicación informática de su propiedad que ha desarrollado para la valoración
del grado de discapacidad, denominada Baremo Integrado de Discapacidad (Baredi), como
instrumento para la evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su
grado, relativa a las personas que solicitan dicha valoración, en el ámbito territorial de la citada Comunidad Autónoma.
Que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) son órganos técnicos públicos adscritos al Ministerio de Justicia o a la consejería competente en materia de
justicia en aquellas comunidades autónomas que así tengan traspasada dicha materia, como
es el caso de la Comunidad de Madrid cuya misión principal es auxiliar a la administración
de justicia en el ámbito de su disciplina científica y técnica.
Les corresponde, entre otras actuaciones periciales médico-legales, el control de los lesionados, la valoración de los daños corporales y de las enfermedades mentales que sean
objeto de actuaciones procesales, incluidas las causas de la jurisdicción social.
La Comunidad de Madrid está interesada en ceder la aplicación informática Baredi al
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid, dependiente de la consejería
en materia de justicia. Analizada la cuestión, las partes del convenio han acordado la modificación del mismo para establecer la posibilidad de que por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales se ceda al IMLCF.
BOCM-20250701-65
II
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