Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-07-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
08/07/2025

San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250708-85)

Régimen económico. Padrón fiscal

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Contenido de la primera página

Régimen económico. Padrón fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 161

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JULIO DE 2025

Pág. 261

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

Notificación colectiva, exposición pública y período de cobranza.
D. Marcos Zurita Cortés, concejal-delegado de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes (Madrid).
Que, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, se notifican a los sujetos pasivos los actos liquidatorios
contenidos en el padrón del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2025, aprobado por Resolución 3941/2025, del concejal-delegado de Economía y Hacienda, Cultura, Informática e Innovación Tecnológica, Transparencia y Datos Abiertos.
Que, el citado padrón, se encuentra expuesto al público por plazo de 15 días hábiles a
contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID. El lugar de exposición será la Hacienda Local de este Ayuntamiento (Pza. de la Iglesia 7, 1.a planta).
Que, durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de septiembre y el 1 de diciembre, ambos inclusive, estarán puestos al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al ejercicio 2025 de los referidos tributos.
Dichos recibos podrán hacerse efectivos en las siguientes sucursales de las entidades
colaboradoras, siempre que se aporte el aviso de pago enviado por el Ayuntamiento:
— Banco de Santander, Ibercaja, CaixaBank, Banco de Sabadell, BBVA, Unicaja,
Kutxabank, Abanca, Laboral Kutxa y Eurocaja Rural.
En el caso de no tener el aviso, podrá obtenerse en las oficinas de la Recaudación Municipal, sita en la Plaza de la Iglesia número 7 Bajo, de esta localidad, de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes, de alguna de las siguientes formas:
— Presencial.
— Certificado digital, a través de la Sede Electrónica.
Asimismo podrá utilizarse la pasarela virtual de pagos insertada en la página web municipal ( www.ssreyes.org ); esta pasarela podrá ser utilizada por aquellos contribuyentes
titulares de cuentas en las entidades CaixaBank, Banco de Santander, BBVA, Eurocaja Rural, Unicaja, e IberCaja; también podrá hacerse uso de dicha pasarela, mediante tarjeta bancaria o bizum.
Los contribuyentes con domiciliación bancaria, disfrutarán de las bonificaciones
siguientes:
a) Bonificación del 3 % en la cuota, en el supuesto del pago íntegro del importe del
recibo mediante domiciliación bancaria, cuando el pago sea realizado durante el
período ordinario establecido por el Ayuntamiento para el pago de cada tipo de
deuda. Las bonificaciones previstas en esta letra no podrán exceder de 100 euros
para cada una de las deudas pagadas en esta modalidad.
b) Bonificación del 4 % en la cuota, en el supuesto del pago fraccionado en tres plazos; 10 de mayo; 10 de julio y 10 de octubre; (sin intereses, ni aportación de garantías), mediante domiciliación bancaria, de la totalidad de las cuotas fraccionadas. Las bonificaciones previstas en esta letra no podrán exceder de 100 euros para
cada una de las deudas pagadas en esta modalidad y se aplicará en la última fracción, siempre y cuando se hayan satisfecho a su vencimiento los dos plazos anteriores.
c) Bonificación del 5 % en la cuota, en el supuesto del pago íntegro del importe del
recibo mediante domiciliación bancaria, cuando el pago sea realizado a solicitud
del ciudadano obligado tributario, con una antelación de al menos dos meses al comienzo del período general de recaudación.
Transcurrido el plazo señalado (1 de septiembre a 1 de diciembre), sin satisfacer la deuda
tributaria, se procederá al cobro en período ejecutivo con los recargos correspondientes, deven-

BOCM-20250708-85

RÉGIMEN ECONÓMICO

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