Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-07-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20250719-7)
Convenio – Convenio de 27 de junio de 2025, entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (ARRMI) y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO) para la ejecución de medidas judiciales de internamiento y no privativas de libertad, previstas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores
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Convenio – Convenio de 27 de junio de 2025, entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (ARRMI) y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO) para la ejecución de medidas judiciales de internamiento y no privativas de libertad, previstas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los MenoresB.O.C.M. Núm. 171
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE JULIO DE 2025
Pág. 97
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
O. A. AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
PARA LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR
7
CONVENIO de 27 de junio de 2025, entre la Agencia de la Comunidad de
Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (ARRMI) y la
Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO) para la ejecución
de medidas judiciales de internamiento y no privativas de libertad, previstas en
la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
En Madrid, a 27 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Presidente del Consejo
de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 5 y 7 a) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación
de la citada Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del
Menor infractor y de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración de la
Agencia referida en su sesión de 29 de diciembre de 2004.
De otra, D. Alfredo Santos García, en nombre y representación de la Asociación para
la Gestión de la Integración Social (GINSO), que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud
de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de los Estatutos de la Asociación, con N.I.F.
G- 83034793, inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 168142 de la sección I a, y fecha de constitución el 20 de junio de 2001, con domicilio social en Madrid, C/ Joaquín María López, 41, duplicado-local, 28015 Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración, y en su virtud,
MANIFIESTAN
Primero
Que la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal
de los menores atribuye, a través de su artículo 45.1, a las Administraciones Públicas Autonómicas, la competencia administrativa para la ejecución de las medidas judiciales impuestas a personas menores de edad penalmente responsables por los juzgados de menores.
Que la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del
Menor Infractor (en adelante la Agencia) es un organismo autónomo de carácter administrativo, creado por la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, cuyo fin es la ejecución de las medidas adoptadas por los órganos judiciales en aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de los menores.
El objetivo básico de la Agencia es concentrar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que contribuyan a los fines de reinserción y educación derivados de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal de los Menores y de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio.
BOCM-20250719-7
Segundo
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