Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-08-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
01/08/2025

Torrejón de Ardoz (BOCM-20250801-72)

Régimen económico. Padrones fiscales

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Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025

Pág. 363

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

TORREJÓN DE ARDOZ

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento General de Recaudación, se hace público que:
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de julio de 2025 ha sido
aprobado el padrón tributario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del
ejercicio 2025.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria se
procede a notificar colectivamente las liquidaciones tributarias que comprende con sus elementos esenciales, estando al cobro en período voluntario desde el 1 de septiembre hasta el
5 de noviembre, ambos inclusive. Durante un plazo de 15 días desde la publicación del edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los interesados tendrán a su disposición el padrón municipal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio 2025 para su examen en las dependencias de Departamento de Gestión Tributaria sitas
en la Plaza Mayor número 1.
Contra las liquidaciones contenidas en el padrón cabe interponer directamente reclamación económico-administrativa, previa al recurso contencioso administrativo, con carácter preceptivo ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago. No obstante, con carácter potestativo y previo a la reclamación, podrá interponer en el mismo plazo
recurso de reposición ante el órgano que aprobó la lista cobratoria. Contra la desestimación
de este recurso o ante la ausencia de resolución expresa en el plazo de un mes desde su interposición, podrá presentar reclamación económico-administrativa. No podrán simultanearse ambas impugnaciones y de producirse esta situación se tramitará el presentado en
primer lugar y se declarará inadmisible el segundo. La interposición de una u otro no suspenderá la ejecución del acto impugnado salvo en los casos y formas previstas en la LGT y
sus reglamentos de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.b) del Real Decreto 939/2005,
de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, los contribuyentes podrán realizar el ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación voluntaria del Ayuntamiento que se relacionan en el documento de pago que se remitirá al domicilio fiscal que conste en el Departamento de Gestión Tributaria y mediante su
presentación durante los días del período voluntario que resulten laborables para las mismas
en horario de atención, en la caja municipal situada en la planta baja del Ayuntamiento o a
través del sistema de pago online accediendo directamente a la web tpv.ayto-torrejon.es . Los
contribuyentes podrán hacer uso de la modalidad de ingreso en período voluntario que determina el artículo 25.2 del citado Reglamento, por domiciliación de pago y gestión de abono en entidades financieras autorizadas para tal fin. El cargo en cuenta se producirá el día 10
de octubre de 2025, aplicándoseles una bonificación del 5 % sobre la cuota.
Finalizado el período voluntario de pago y de conformidad con lo establecido en el artículo 161.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el inicio del período ejecutivo determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de esta Ley y, en su caso, de las
costas del procedimiento de apremio conforme a los artículos 70 y siguientes de Reglamento General de Recaudación.
Torrejón de Ardoz, a 31 de julio de 2025.—El concejal de Hacienda y Patrimonio,
PDDA de 5/9/2023, Marcos López Álvarez).
(01/12.684/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250801-72

RÉGIMEN ECONÓMICO

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