Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-08-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250804-29)
Mancomunidad interés general – Orden de 24 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se acuerda la declaración de Mancomunidad de interés general de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte
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Mancomunidad interés general – Orden de 24 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se acuerda la declaración de Mancomunidad de interés general de la Mancomunidad de Servicios Sierra NortePág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 184
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 24 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se acuerda la declaración de Mancomunidad de interés general de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte.
La Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, modificó la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
adicionando una nueva sección sexta al Capítulo I del Título II, para introducir la figura de
las “Mancomunidades de interés general”, al amparo de lo previsto en el artículo 44 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de conformidad con
lo estipulado en el artículo 4.3 de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen
Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización
y Sostenibilidad de la Administración Local.
Las mancomunidades de interés general, de conformidad con el artículo 74 bis de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, tienen la condición de entidad local de base asociativa y carácter voluntario, para la gestión de servicios comunes o para la coordinación de actuaciones de carácter funcional o territorial de los municipios que las integran. Su régimen jurídico será el establecido en sus estatutos, que deberán respetar, en todo caso, lo dispuesto en
la normativa básica estatal que resulte aplicable, en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, y en sus
disposiciones de desarrollo.
La declaración de una mancomunidad de interés general, deberá seguir el procedimiento según lo previsto en los artículos 63 y siguientes de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, ya sea para la creación de una Mancomunidad “ex novo” o mediante la transformación
de una Mancomunidad preexistente.
La Mancomunidad de Servicios Sierra Norte, en el ejercicio 2024, ha llevado a cabo
una modificación de estatutos con el espíritu de conseguir la declaración de mancomunidad
de interés general, publicándose los estatutos modificados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID el miércoles 12 de febrero de 2025.
Paralelamente, con fecha de 31 de diciembre de 2024, con idéntica finalidad, la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte se disuelve para integrarse en la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte.
Con fecha 27 de mayo de 2025, ha tenido entrada en el Registro de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, escrito de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte en
el que solicitan la declaración de mancomunidad de municipios de interés general. De conformidad con lo establecido en el artículo 74 ter de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, una vez se ha recibido la solicitud de calificación y los documentos, se ha acreditado el cumplimiento de todos los requisitos para la
calificación como mancomunidad de interés general.
Con fecha de 4 de junio de 2025, la Dirección General de Reequilibrio Territorial dicta Resolución de incoación del expediente de declaración de mancomunidad de municipios
de interés general de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte.
Mediante Resolución de 6 de junio de 2025 la Dirección General de Reequilibrio Territorial acuerda someter al trámite de información pública el expediente.
Realizado el trámite de información pública sin que consten alegaciones, corresponde
a la Dirección General de Reequilibrio Territorial la tramitación de los expedientes de declaración de mancomunidades de interés general, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 ter de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, y en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, Decreto 76/2023, de 5 de julio, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el artículo 13.4.f) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
BOCM-20250804-29
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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 04-08-2025
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