Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-08-2025
Soto del Real (BOCM-20250805-53)
Organización y funcionamiento. Ordenanza empadronamiento
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Organización y funcionamiento. Ordenanza empadronamientoB.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
SOTO DEL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de junio de 2025, acordó aprobar provisionalmente la ordenanza de empadronamiento que figura en el Anexo:
Transcurrido el plazo de un mes, de exposición pública, contados desde el 19 de junio
de 2025 hasta el 21 de julio de 2025 (ambos incluidos) efectuada mediante anuncios publicado en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 144, de 18 de julio de 2025, sin que durante el mismo se presentasen reclamaciones
o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo recurso de
reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes, o recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación de éste anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:
ANEXO
ORDENANZA DE EMPADRONAMIENTO
El Padrón Municipal, registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio, está regulado por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) y por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (RPD).
La citada normativa establece la obligación para toda persona que viva en España de
inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente a fin de adquirir la
condición de vecino. Y asimismo establece la obligación de todos los vecinos de comunicar las variaciones que experimenten sus circunstancias personales en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal.
El incumplimiento por parte de los vecinos de las obligaciones anteriormente expresadas está dando lugar a la aparición de gran cantidad de domicilios donde existe discordancia entre el padrón municipal y la realidad, produciendo molestias y perjuicios a quienes
pretenden nuevas inscripciones o a quienes ya figuran inscritos junto a otras personas que
dejaron de residir en el mismo domicilio, complicando de manera innecesaria la tramitación de sus solicitudes.
Para evitar tales inconvenientes el artículo 107 del RPD faculta a los Alcaldes para
que, conforme a la normativa reguladora de las infracciones a Ordenanzas municipales,
puedan sancionar las omisiones, falsedades o incumplimientos de la referidas obligaciones
y de esta forma la presente normativa, al detallar las conductas tipificadas y graduar la correspondientes sanciones, pretende desarrollar el mencionado precepto y facilitar su aplicación para compeler al cumplimiento de las obligaciones legalmente establecidas sobre el
Padrón Municipal y así reducir de forma significativa la falta de concordancia entre la realidad demográfica existente en el municipio con el Padrón Municipal de Habitantes que
debe constituir el fiel reflejo de la realidad.
BOCM-20250805-53
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 05-08-2025
Depósito estatutos – Resolución de 21 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la federación empresarial denominada Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (C.O.C.A.M.) (número de depósito 28000392)
Formalización contrato – Resolución de 23 de julio de 2025, de la Gerencia del Hospital Universitario “Príncipe de Asturias”, de formalización del contrato P. A. HUPA 04/25 «Suministro de material fungible para Hemodiálisis con destino al Hospital Universitario “Príncipe de Asturias”»
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