Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-08-2025
B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250808-8)
Concurso de méritos – Orden de 3598/2025, de 5 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de Madrid
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Concurso de méritos – Orden de 3598/2025, de 5 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 35
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
8
ORDEN de 3598/2025, de 5 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos
para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de Madrid.
El Decreto 63/2012, de 7 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el
Programa de Excelencia en Bachillerato en institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, puso en marcha la implantación de ese programa mediante las opciones
de centros de excelencia y aulas de excelencia. Para su aplicación y desarrollo, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte aprobó la Orden 11995/2012, de 21 de diciembre, de
organización, funcionamiento e incorporación al Programa de Excelencia en Bachillerato
en institutos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.
Por otra parte, mediante el Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno,
se procedió a la regulación de la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en
Bachillerato de la Comunidad de Madrid, precisando el sistema de selección del profesorado para desempeñar puestos de centros de excelencia o en aulas de excelencia, fijando las
condiciones generales que deben cumplir los candidatos a ambas opciones a y la permanencia en el Programa, garantizando la estabilidad y el cumplimiento de los fines de este, autorizando al titular de la consejería competente en materia de educación para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y la aplicación de lo dispuesto en este Decreto.
En virtud de dicha autorización, el 27 de diciembre de 2024 se aprobó la Orden 5731/2024,
de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla el citado
Decreto estableciéndose el marco jurídico necesario para que los órganos directivos competentes en la ejecución del Programa puedan realizar las correspondientes actuaciones
para la provisión de los referidos puestos docentes.
En sus artículos 2 y 7, la Orden 5731/2024, de 27 de diciembre, dispone que los directores de los centros de excelencia y de los centros con aulas de excelencia comunicarán a sus
respectivas direcciones de área territoriales las vacantes que necesitan cubrir para el curso
escolar siguiente con el objeto de convocar procedimiento para la provisión de las mismas.
Por Orden 2001/2025, de 29 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se convocó procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026, habiendo quedado plazas sin cubrir una vez resuelto el mismo.
Por otro lado, con posterioridad a la publicación de la precitada Orden 2001/2025,
de 29 de mayo, han sido comunicadas por parte de las Direcciones de Área Territorial de la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid nuevas
vacantes tanto en el centro de excelencia como en los centros con aulas de excelencia, por
lo que a la vista de lo anterior, procede convocar un nuevo procedimiento a los efectos de
cubrir las plazas que han quedado desiertas en el concurso de méritos convocado por Orden 2001/2025 así como las nuevas vacantes comunicadas.
Teniendo en cuenta que este procedimiento de provisión debe estar resuelto en la primera quincena del mes de septiembre, para que el profesorado seleccionado esté incorporado al centro asignado al inicio del curso escolar y garantizar de esta forma el buen funcionamiento de los centros educativos en los que se imparte el Programa de Excelencia en
Bachillerato de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 33.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, es necesaria la declaración de tramitación de urgencia del
presente procedimiento.
En los casos en que esta orden, sus bases y sus anexos utilicen sustantivos de género
gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se
hace por mera economía en la expresión, y que se referirán indistintamente a mujeres y
hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
BOCM-20250808-8
PREÁMBULO
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