Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-08-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250808-16)
Convenio – Adenda de 18 de julio de 2025, de prórroga del convenio de 19 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y la entidad financiera CaixaBank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Adenda de 18 de julio de 2025, de prórroga del convenio de 19 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y la entidad financiera CaixaBank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de MadridPág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 188
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
16
ADENDA de 18 de julio de 2025, de prórroga del convenio de 19 de septiembre
de 2024, entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y
la entidad financiera CaixaBank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 18 de julio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y el artículo 3, apartado 2, del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Juan Antonio Peña Peña, Director de Instituciones de Madrid de CaixaBank
S.A., actuando en nombre y representación de la misma, según escritura de poder número
1349, de 27 de junio de 2023, otorgada ante la Ilustre Notaria de Colegio de Barcelona, D.a
M.a Dolores Giménez Arbona y debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Valencia.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción de la presente adenda de prórroga y
EXPONEN
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del Convenio
Conforme a lo establecido en la cláusula sexta las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por plazo de un año, que tendrá efectos a partir del día 19 de septiembre de 2025 y hasta el 18 de septiembre de 2026.
BOCM-20250808-16
I. Que con fecha 19 de septiembre de 2024 se firmó el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local)
y la entidad financiera Caixabank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
Conforme lo establecido en la cláusula sexta del convenio, éste tendrá vigencia de un
año, (que finaliza el 18 de septiembre de 2025), pudiendo ser prorrogado antes de su vencimiento o el de cualquiera de sus prórrogas por períodos anuales de forma expresa, sin perjuicio de su extinción por denuncia unilateral o acuerdo mutuo de las partes.
II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada durante el período de su vigencia, en el que se han prestado los servicios bancarios de acuerdo
con las previsiones contenidas en el mismo y se comprometen a dar continuidad al mismo
durante el plazo de un año.
III. Que las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de dicho convenio de
colaboración, se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha la extinción
del mismo, incluidas las prórrogas.
Que se mantienen vigentes, por tanto, el objeto, compromisos y obligaciones que las
partes asumieron en el convenio suscrito el 19 de septiembre de 2024.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes:
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