Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-11-2025
Collado Mediano (BOCM-20251103-79)
Régimen económico. Calendario fiscal
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Régimen económico. Calendario fiscalBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 344
LUNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 262
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
COLLADO MEDIANO
RÉGIMEN ECONÓMICO
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2025, acuerda la aprobación de un calendario fiscal del Ayuntamiento de Collado Mediano, correspondiente al ejercicio 2026, con el siguiente detalle:
CALENDARIO FISCAL 2026
TRIBUTO
PERIODO DE PAGO VOLUNTARIO
FECHA DE CARGO EN CUENTA
DOMICILIACIONES
IVTM. Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica
Del 01 de marzo al 31 de octubre de 2026
05 de octubre de 2026
IBI-URB. 1º FRACCIÓN Impuesto sobre Bienes
Inmuebles de Naturaleza Urbana
Del 01 de marzo al 30 de abril de 2026
06 de abril de 2026
TASA DE VADOS Y RECOGIDA DE BASURAS
Del 01 de junio al 31 de julio de 2026
06 de julio de 2026
Del 01 de julio al 30 de septiembre de 2026
05 de agosto de 2026
Del 01 de septiembre al 31 de octubre de
2026
05 de octubre de 2026
IBI-URB. 2º FRACCIÓN Impuesto sobre Bienes
Inmuebles de Naturaleza Urbana
IBI-RÚST. Impuesto sobre Bienes Inmuebles de
Naturaleza Rústica
IAE Impuesto sobre Actividades Económicas
SISTEMA ESPECIAL DE PAGOS (SEP)- 6 PLAZOS. Plazo de presentación de solicitudes: hasta
el 31 de enero de 2026
Entre los días 01 y 05 de cada mes (abril,
mayo, junio, julio, agosto y octubre de 2026)
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en el artículo 43 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección, se pone en conocimiento de todos los
contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva gestionadas
mediante padrones o matrículas en el año 2026 se realizará conforme a los siguientes:
Plazos de pago: los plazos de ingreso en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva serán los determinados por el Ayuntamiento en el
calendario fiscal aprobado para el ejercicio 2026.
En caso de no tener domiciliado el pago de los tributos deberá abonarlos dentro del plazo que se señala en el correspondiente recibo que se le enviará a su domicilio fiscal. La no
recepción del mismo no exime de la obligación de pago en el período voluntario establecido, no siendo su emisión obligatoria. Si no recibe dicho documento deberá solicitarlo antes
de que finalice el período voluntario en la oficina de Recaudación del Ayuntamiento, donde se le expedirá un duplicado para que pueda efectuar el pago.
Modalidades de pago: la recaudación de los tributos municipales y demás ingresos de
derecho público se realizará por medio de:
En caso de impago: si la deuda no ha sido abonada transcurrido el plazo de pago en período voluntario, será exigida en vía ejecutiva por el procedimiento de apremio, sufriendo
el incremento de los recargos, intereses y costas que procedan.
Sistema Especial de Pagos (SEP): el contribuyente podrá acogerse al Sistema Especial
de Pagos (SEP), consistente en el pago a cuenta a lo largo de un ejercicio económico de todos
los hechos imponibles devengados a 1 de enero del ejercicio de aquellos tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, nacidos por contraído previo e ingreso por recibo.
BOCM-20251103-79
— Domiciliación bancaria. Se recomienda la domiciliación bancaria mediante cargo
en cuenta, siendo este el método más sencillo y seguro para realizar los pagos.
La domiciliación bancaria podrá solicitarla por vía telemática mediante la sede
electrónica de este Ayuntamiento, o de forma presencial, facilitando los correspondientes datos bancarios.
— Entidades colaboradoras: Caixabank/Banco Santander.
— Servicio de pago telemático con tarjeta de crédito a través de la Sede Electrónica
del Ayuntamiento de Collado Mediano.
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