Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-11-2025
Alcorcón (BOCM-20251104-73)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesPág. 520
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE NOVIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 263
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73
ALCORCÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por la Sra. alcaldesa-presidenta de este Ayuntamiento se ha dictado decreto número 7532,
de fecha 10 de octubre de 2025, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
1.1. La conformación de los documentos justificativos relacionados con el gasto, de
la Concejalía en las materias que han sido asignadas a la competencia de la Concejalía en
virtud de los decretos de la alcaldesa antes indicados o los que pudieran sustituirlos con posterioridad, acreditando que la obra, el servicio o suministro se ha efectuado de conformidad
con las condiciones contractuales, para su posterior aprobación por el Órgano competente
de la Corporación.
1.2. La autorización y disposición de gastos por razón de la materia atribuida a esta
Concejalía, en virtud del decretos de la alcaldesa antes indicados o los que pudieran sustituirlos con posterioridad. Todo ello sin perjuicio de las facultades delegadas en la Concejalía-Delegada de Hacienda y Contratación, y de las competencias de la Junta de Gobierno
Local o del Pleno.
1.3. El reconocimiento de las obligaciones correspondientes a las ayudas y prestaciones sociales para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social que se recogen en el artículo 2.2. de la Ordenanza Municipal Reguladora, aprobada por el Pleno de la
Corporación del Ayuntamiento de Alcorcón en sesión de 29 de junio de 2022, y publicada
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 202 de 25 de agosto de
2022, así como aquellos otros correspondientes a las ayudas otorgadas en el marco de sus
Bases Reguladoras y Convocatoria, denominadas “cheques hogar”.
1.4. En materia de convenios en el ámbito de las competencias asignadas a la Concejalía-Delegada, la autorización de estos, siempre y cuando no conlleven gastos o ingresos, o
la disposición o afección de bienes inmuebles. La suscripción de los mismos corresponderá
siempre a la alcaldesa–presidenta, previa aprobación del Órgano competente.
1.5. Las facultades necesarias, con la suscripción de cuantos documentos sean precisos,
para solicitar subvenciones a cualquier Administración Territorial o Institucional, o a cualquier
otra Entidad pública o privada, relacionadas con las materias atribuida a la competencia de la
Concejalía-Delegada de la que es titular. Si la obtención de dicha subvención, significara gastos para los fondos municipales, será precisa la aprobación por el Órgano competente de este
Ayuntamiento, de la aportación municipal. Si la referida obtención requiriese la suscripción de
convenios, estos deberían ser aprobados por el Órgano competente del Ayuntamiento y la suscripción del convenio correspondería, en todo caso, a la Alcaldía-Presidencia.
1.6. La concesión directa junto con la autorización y disposición del gasto en las
subvenciones atribuidas a la competencia de la Alcaldía por su normativa específica.
1.7. La justificación, con la suscripción de cuantas resoluciones sean precisas, de las
subvenciones recibidas de terceros por el Ayuntamiento, en materias propias de esta Concejalía. Igualmente, cuando se trate de Convenios que afecten a las materias propias de la
Concejalía y que hayan sido tramitados por la misma y requieran justificación del cumplimiento del Convenio, ante el tercero firmante del mismo con este Ayuntamiento.
BOCM-20251104-73
Primero.—Revocar, dejando sin efecto el decreto número 8088, de la alcaldesa-presidenta
de fecha 30 de octubre de 2024, y cualquier otro anterior que se oponga a lo dispuesto en este.
Segundo.—Junto a las funciones que atribuye el artículo 157 del Reglamento Orgánico
Municipal a los concejales/as delegados/as, en el ámbito de las competencias delimitadas en
los decretos de la alcaldesa y número 8043 de 29 de octubre del 2024 y número 3883 de 16 de
mayo de 2025, del Área de Gobierno de Políticas Sociales en la que se integra la ConcejalíaDelegada de Servicios Sociales y Discapacidad, delegar al titular de esta Concejalía todas aquellas que, en virtud de la materia atribuida, correspondiese ejercer a la alcaldesa, por las leyes,
normas, reglamentos, ordenanzas y/o cualquier otro tipo de disposición legal vigente, así como
en las bases de ejecución del presupuesto municipal y, en especial a título enunciativo y no limitativo, las siguientes:
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