Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-11-2025

Versión beta
Boletín Oficial Comunidad Madrid
07/11/2025

Villaconejos (BOCM-20251107-81)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

Buscador de información oficial

¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Hemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificial

Contenido de la primera página

Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 342

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE NOVIEMBRE DE 2025

B.O.C.M. Núm. 266

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81

VILLACONEJOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Villaconejos, en sesión extraordinaria, celebrada el 11
de abril de 2025, aprobó definitivamente la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos que se detalla.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
FUNDAMENTO Y RÉGIMEN
Artículo 1.
En uso de las facultades concedidas por los Artículos 133.2 y 142 de la Constitución y
por el art. 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de
conformidad con lo dispuesto en los Artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el
Ayuntamiento de Villaconejos establece la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, a que se refiere el Artículo 20.4.s) del propio Real Decreto
Legislativo, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal , cuyas normas atienden a lo prevenido en el art. 57 del citado Real Decreto legislativo.
HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de recepción obligatoria
de recogida y tratamiento de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerzan actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas o de servicios.
Se consideran incluidos en los servicios objeto de gravamen:
1. La retirada de basuras, escombros y residuos que aparezcan abandonados en la vía
pública.
2. La recogida de muebles, enseres y trastos inútiles, escorias y cenizas de calefacciones
y cualesquiera otros productos o materiales en los casos en que se solicita la prestación de los
servicios municipales de recogida de basuras y residuos.
3. Los deshechos y residuos producidos en establecimientos industriales y comerciales.

5. Cuando un bien inmueble se destine conjuntamente a vivienda y al ejercicio de una actividad económica, la tasa se devenga y existe la obligación de contribuir conforme a los dos hechos imponibles de forma separada aun cuando se refieran al mismo obligado tributario, al gravarse la prestación de un servicio que se origina por dos supuestos diferenciados: el uso del inmueble
como vivienda habitual y el desempeño de una actividad económica. Para fijar la tarifa aplicable en
este último supuesto, se computará la superficie del bien en la que se ejerza la actividad de que se
trate, siempre que esta no sea un despacho profesional. Se presume la utilización del servicio
cuando existe posibilidad de habitar la vivienda o de usar el local por contar con cualquiera de los
servicios de suministro de agua, energía eléctrica o alcantarillado.
En este supuesto, la tasa se devenga y nace la obligación de contribuir el primer día de cada
año natural, cualquiera que sea el tiempo de duración del aprovechamiento dentro del ejercicio.
6. En los supuestos de prestación de servicios obligatorios a instancia de parte, la tasa se
devenga al prestarse el servicio, sin perjuicio de ingresar previamente su importe en concepto de
depósito previo en el momento de realizar la solicitud de prestación del servicio.

BOCM-20251107-81

4. La utilización de los vertederos municipales para el depósito y eliminación de los residuos que no hayan sido realizados por el servicio de limpieza.

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 07-11-2025

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ” (BOCM-20251107-47)

Formalización contrato – Resolución de 24 de octubre de 2025, de la Gerencia del Hospital Universitario “La Paz”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la formalización del contrato de suministro de aplicadores oftálmicos de Rutenio-106 y...

Fuenlabrada (BOCM-20251107-70)

Régimen económico. Modificación presupuestaria

Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.

Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.

Iniciar sesión
Crear cuenta (es gratis, rápido y sencillo)

Indica, solo si quieres, en una o dos palabras tu principal interés (p.ej., auxiliar administrativo o ayudas formación...etc.), muy pronto podremos enviarte un correo electrónico cada vez que aparezca ese contenido en los boletines.

Recogemos tus datos para gestionar el alta dentro del Servicio...y poco más. Por supuesto, puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según indica nuestra Política de Privacidad.
* campo obligatorio Prefiero iniciar sesión
Valdemoro (BOCM-20251107-79)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Villa del Prado (BOCM-20251107-82)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

Prado Jordán, S (BOCM-20251107-87)

Coop. Ltda. Cuenta anual

¿No has encontrado lo que buscas?
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Si crees que podemos ser de utilidad, comparte Oficius con tus contactos.