Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-11-2025
Torres de la Alameda (BOCM-20251113-100)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Régimen económico. Ordenanza fiscalBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 298
JUEVES 13 DE NOVIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 271
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
100
TORRES DE LA ALAMEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado modificación de la ordenanza fiscal número 2, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2, DEL IMPUESTO
SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
(…)
Capítulo V. Tarifas.
Artículo 5.
1. Las cuotas del Ayuntamiento de Torres de la Alameda son las siguientes:
POTENCIA Y CLASE DE VEHÍCULO
CUOTA
ANUAL/EUROS
TURISMOS
De menos de ocho caballos fiscales
13,77
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales
35,95
De 12 hasta 15,99 caballos fiscales
76,50
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales
99,45
De 20 caballos fiscales en adelante
126,23
AUTOBUSES
De menos de 21 plazas
97,75
De 21 a 50 plazas
140,25
De más de 50 plazas
165,75
CAMIONES
De menos de 1.000 kilogramos de carga útil
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil
51,00
97,75
De más de 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil
140,25
De más de 9.999 kilogramos de carga útil
175,50
TRACTORES
De menos de 16 caballos fiscales
22,95
De 16 a 25 caballos fiscales
34,43
De más de 25 caballos fiscales
87,98
REMOLQUES Y SEMIREMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHICULOS
DE TRACCIÓN MÉCANICA
De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil
22,95
De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil
34,43
De más de 2.999 kilogramos de carga útil
87,98
Ciclomotores
6,15
Motocicletas hasta 125 centímetros cúbicos
6,15
Motocicletas de más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos
9,95
Motocicletas de más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos
19,13
Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos
38,25
Motocicletas de más de 1.000 centímetros cúbicos
72,68
(...)
BOCM-20251113-100
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