Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-11-2025
A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20251114-1)
Regulación vacunación antirrábica – Decreto 89/2025, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la vacunación antirrábica de perros, gatos y hurones en la Comunidad de Madrid
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Regulación vacunación antirrábica – Decreto 89/2025, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la vacunación antirrábica de perros, gatos y hurones en la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2025
Pág. 13
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
DECRETO 89/2025, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la vacunación antirrábica de perros, gatos y hurones en la Comunidad de
Madrid.
La rabia es una enfermedad vírica, producida por un Lyssavirus, que afecta al sistema
nervioso central, y que se transmite a las personas por la saliva a través de mordeduras o
arañazos de animales domésticos o salvajes que están infectados. Es una de las zoonosis
más importantes que existen en el mundo, resultando un serio problema de salud pública y
sanidad animal debido a su gravedad clínica.
Es una enfermedad de declaración obligatoria incluida en la lista del Código Zoosanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA)
y en la lista de las enfermedades de animales terrestres de notificación obligatoria a la
Unión Europea.
La prevención, control y erradicación de la rabia canina, a través de la vacunación y
de la concienciación ciudadana, es la herramienta más eficaz para evitar el contagio a los
humanos a largo plazo según la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, en su artículo 8.1.g), faculta a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas a establecer, como medida sanitaria de
salvaguarda, la obligatoriedad de la vacunación con el fin de prevenir la introducción o difusión en el territorio nacional de enfermedades de los animales.
En la Comunidad de Madrid la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos, establecía en su artículo 9 que las consejerías competentes podrán ordenar por razones de sanidad animal o salud pública, la vacunación o tratamiento obligatorio
de los animales de compañía. Así y a la vista de la situación epidemiológica de la enfermedad, mediante órdenes de la consejería o mediante resoluciones de la dirección general
competente en materia de Sanidad y Protección Animal, se establecía la vacunación antirrábica obligatoria en perros con carácter anual, a la vez que se regulaban campañas de vacunación hasta el año 2015. A partir de 2016 no se establece dicha obligatoriedad siendo la
vacunación voluntaria. En la actualidad dada la situación sanitaria de la enfermedad y el posible riesgo de transmisión al hombre, procede establecer nuevamente la vacunación obligatoria de rabia en perros de más de 3 meses y recomendada en gatos y hurones.
La Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, deroga la Ley 1/1990, de 1 de febrero, y en su artículo 6.3.f), establece la obligación de los propietarios o poseedores de animales de compañía de “Facilitarles
los controles y tratamientos veterinarios establecidos como obligatorios por las administraciones públicas” y en su artículo 10 establece que la consejería competente en materia de
protección y sanidad animal podrá ordenar la realización de tratamientos preventivos o curativos a los animales, por razones de sanidad o bienestar animal o de salud pública, sin establecer ninguna obligatoriedad concreta en este sentido.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece, entre otros aspectos, las obligaciones de los titulares de animales de compañía y la competencia de las comunidades autónomas para introducir especificaciones o
graduaciones en el cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en dicha ley.
El Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo
de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal (“Legislación sobre sanidad animal”), el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre
de 2018, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies
y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista, y el Reglamento Delegado (UE) 2020/689 de la Comisión de 17 de
diciembre de 2019 por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento
Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de vigilancia, los programas de erradi-
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