Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-11-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20251117-56)
Convenio – Adenda de 13 de octubre de 2025, de tercera prórroga del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Altius España para promover la acción social a favor de los usuarios de los comedores sociales para mejorar su situación y procurar su integración social
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Convenio – Adenda de 13 de octubre de 2025, de tercera prórroga del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Altius España para promover la acción social a favor de los usuarios de los comedores sociales para mejorar su situación y procurar su integración socialPág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 274
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
56
ADENDA de 13 de octubre de 2025, de tercera prórroga del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Altius España para promover la acción social a favor de los usuarios de los comedores sociales para mejorar su situación y procurar su integración social.
En Madrid, a 13 de octubre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del
Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Pablo Aledo Martínez, en nombre y representación de la Fundación
Altius España, habilitado por escritura notarial número 2962 a fecha de 29 de septiembre
de 2011, con domicilio social en Ronda de Segovia 34, 28005 Madrid.
Reconociéndose las partes mutua y recíprocamente la competencia y capacidad jurídica suficiente para suscribir los compromisos derivados de la presente Adenda y quedar obligadas en la representación en que efectivamente intervienen, a tal efecto
Con fecha 17 de marzo de 2023 se suscribió el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y
la Fundación Altius España para promover la acción social a favor de los usuarios de los
Comedores Sociales para mejorar su situación y procurar su integración social.
El objeto del convenio es el establecimiento de las condiciones y requisitos a las que
se ajustará la colaboración entre la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de
la Comunidad de Madrid, y la Fundación Altius España con el objetivo de mitigar la situación de aislamiento y vulnerabilidad social y laboral de las personas usuarias de los comedores sociales de la Comunidad de Madrid.
Según establece la estipulación octava: “El presente convenio estará vigente desde la
fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiéndose prorrogar por voluntad expresa de las partes, hasta un máximo de cuatro años, o modificar su contenido mediante la
formalización de la correspondiente Adenda”.
Que el 28 de agosto de 2023, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava
del convenio, se procedió a la firma de una Adenda de modificación.
Que el 5 de octubre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del
convenio se procedió a la firma de la Adenda, prorrogando la vigencia del mismo hasta el
31 de diciembre de 2024.
Que el día 10 de octubre de 2024, de conformidad con los dispuesto en la cláusula octava del convenio se procedió a la firma de una Adenda de prórroga y modificación, prorrogando la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2025.
Estimándose por ambas partes que se han producido avances notorios en el cumplimiento del objeto y finalidad del Convenio, así como que sigue siendo necesario continuar
con las actuaciones de colaboración contempladas en el mismo, en base a la referida estipulación octava.
BOCM-20251117-56
EXPONEN
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