Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-11-2025
Colmenarejo (BOCM-20251119-88)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesPág. 370
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE NOVIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 276
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Visto que el artículo 51 del Código Civil, dispone que será competente para autorizar
el matrimonio el alcalde, o el concejal en quien este delegue.
Visto que el artículo 124 apartado 5.o de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, establece que el alcalde podrá delegar en los demás concejales mediante decreto (resolución) las competencias que se citan en el apartado 4.o de dicho
artículo, entre las que se encuentran, en su letra ñ), las demás que le atribuyan expresamente la Leyes y aquellas que la Legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no se atribuyan expresamente a otros órganos municipales.
Vistas las resoluciones de Alcaldía número 978/2023, de 22 de agosto de 2023, y número 283/2025, de 4 de abril de 2025, de delegación de competencia en concejales para la
celebración de matrimonios civiles del municipio de Colmenarejo.
Visto que con fecha 25 de septiembre de 2025, D.a Susana Lapeña Santamaría toma
posesión de su cargo de concejala del Grupo Municipal Más Madrid, en sesión plenaria ordinaria de mencionado día,
Primero.—Delegar la competencia para la celebración de matrimonios civiles en este
municipio de Colmenarejo, en la concejal D.a Susana Lapeña Santamaría.
La lista de los concejales con delegación de competencia para la celebración de matrimonios civiles en el municipio de Colmenarejo, quedaría de la siguiente manera:
— D.a Elisa De Pedraza Fernández del Pino.
— D. José Jorge Martín Gómez.
— D. Juan Ramón Irurzun Morán.
— D.a María Luz Cortés Díez.
— D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros.
— D. Jesús Castro Merino.
— D. Ramón Jesús Vázquez Alfonso.
— D.a Aitana Garrido Ali.
— D. Flavio Yair Bruno.
— D.a Susana Lapeña Santamaría.
— D.a Guadalupe de la Fuente.
— D.a María Soledad Sáenz Velasco.
— D. Luis María Gabriel Gómez de Agüero Ormaza.
Segundo.—Los concejales (as)-delegados (as) quedan obligados a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión desarrollada y, con la necesaria antelación, de las decisiones de transcendencia.
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que requerirá para su eficacia la aceptación del delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si
no se formula ante el Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en
el término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en le sea notificada.
Cuarto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro decreto o resolución de Alcaldía
dictado con anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de competencias en los concejales.
Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de
la resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Colmenarejo, a 6 de noviembre de 2025.—El Alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/18.360/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20251119-88
RESUELVO
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