Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-11-2025
Aranjuez (BOCM-20251120-62)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones económicas
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Régimen económico. Ordenanza prestaciones económicasB.O.C.M. Núm. 277
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE NOVIEMBRE DE 2025
Pág. 227
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de esta Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2025, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de las prestaciones económicas y
en especie del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Aranjuez y, en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se sometió el expediente a información pública
por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que fue publicado con fecha 12 de agosto de 2025.
Dentro del citado plazo de treinta días, con fecha 11 de septiembre de 2025, se presentaron formalmente alegaciones y sugerencias que fueron objeto de debate y resolución en
el Pleno de la Corporación de fecha 29 de octubre de 2025, procediéndose finalmente, a la
aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las prestaciones económicas y en especie del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Aranjuez.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS Y EN ESPECIE DEL
SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
El pleno del Ayuntamiento de Aranjuez en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2025 acordó la
aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de las Prestaciones Económicas y en Especie
del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Aranjuez, que ha quedado aprobada
definitivamente, tras el debate y resolución de las alegaciones presentadas durante el periodo de
exposición pública y entrando en vigor en el plazo de quince días desde su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid, y cuyo texto es el siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La presente regulación viene motivada por la necesidad que tiene este Municipio de atender las
dificultades sociales de su población, a través de determinados servicios y prestaciones sociales
para prevenir situaciones de exclusión social así como promover la inclusión, en estos casos,
mediante la adecuada intervención social.
La necesidad de una regulación de las prestaciones económicas y en especie de carácter social
hace imprescindible establecer los requisitos necesarios para acceder a las mismas y ello, en aras
al cumplimiento del principio de transparencia que debe presidir cualquier actuación administrativa,
y que, a su vez, facilita el conocimiento de dichos requisitos por parte de la ciudadanía,
estableciendo, además, en los procesos de solicitud y trámite de las ayudas la intervención de los
profesionales de Trabajo Social como personal técnico así como la labor administrativa en la que se
sustenta su tramitación.
BOCM-20251120-62
Las ayudas incluidas en la presente Ordenanza recogen la demanda de la ciudadanía ante la
administración de recursos sociales más próxima, motivo por el que es preciso que la misma se
sustente en los principios de celeridad y economía procedimental adaptados a las necesidades y
especiales
circunstancias de la población vulnerable o en situación de exclusión al objeto de responder de
manera más eficaz las demandadas de la población afectada. Por ello, los procesos de gestión están
definidos conforme a los fines perseguidos y se articulan a través de los medios técnicos de los
Servicios Sociales Municipales bajo el principio anti formalista.
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