Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-11-2025
Villalbilla (BOCM-20251127-99)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Organización y funcionamiento. OrdenanzaPág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE NOVIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 283
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
99
VILLALBILLA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamación durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario provisional del Ayuntamiento de Villalbilla, de 18 de septiembre de 2025 sobre la aprobación de la Modificación Ordenanza Municipal Reguladora para Fomentar y Garantizar la Convivencia Ciudadana en
el Municipio de Villalbilla, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA
PARA FOMENTAR Y GARANTIZAR LA CONVIVENCIA CIUDADANA
EN EL MUNICIPIO DE VILLALBILLA
Artículo 32. Normas de conducta
BOCM-20251127-99
[…]
7. Durante la celebración de eventos festivos se establece un período obligatorio de
al menos una hora de silencio diaria a definir por las Áreas de Festejos y Asuntos Sociales
del Ayuntamiento de Villalbilla, durante la cual las atracciones y demás actos propios de
este tipo de eventos deberán:
a. Apagar o reducir al mínimo el volumen de la música y demás efectos sonoros.
b. Suprimir el uso de luces estroboscópicas y demás destellos intensos.
c. Evitar cualquier otro elemento que genere sobresaltos sensoriales, procurando un
ambiente tranquilo.
El Ayuntamiento llevará a cabo acciones de difusión mediante cartelería visible,
canales digitales y demás medios de comunicación de la aplicación y características de
esta franja horaria.
El incumplimiento de esta norma podrá ser objeto de sanción conforme al régimen
sancionador previsto en la presente ordenanza.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Villalbilla, a 17 de noviembre de 2025.—El secretario general del Ayuntamiento
de Villalbilla, Idelfonso Montero Tineo.
(03/18.894/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 27-11-2025
Delegación competencias – Orden de corrección de errores de la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Régimen económico. Modificación presupuestaria
Régimen económico. Modificación presupuestaria