Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-11-2025
Villarejo de Salvanés (BOCM-20251127-100)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Régimen económico. Ordenanza fiscalB.O.C.M. Núm. 283
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE NOVIEMBRE DE 2025
Pág. 239
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
100
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiéndose aprobado provisionalmente la derogación de la ordenanza reguladora de
las tasas sobre recogida de basuras y de tratamiento de residuos sólidos no orgánicos y la
imposición y ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del
servicio de gestión de residuos de competencia local, con fecha 23 de marzo de 2025.
Habiéndose publicado el referido acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, con fecha 18 de junio de 2025, dando un plazo de 30 días para formular alegaciones.
Habiéndose presentado dos alegaciones a la misma, que fueron inadmitidas por cuanto las personas que las presentaron no revisten la condición de interesados, a tenor de lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Habiéndose aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación la derogación de
la ordenanza reguladora de las tasas sobre recogida de basuras y de tratamiento de residuos
sólidos no orgánicos y la imposición y ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local, con fecha 6
de noviembre de 2025, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, se procede a la publicación íntegra de su contenido, en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que se transcribe literalmente a continuación:
Artículo 1. Fundamento y objeto.—En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 20.4.s) en relación con los artículos 15 a 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, y de acuerdo con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestación del servicio del servicio de gestión de residuos de competencia local, que se regirá por la presente
Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Art. 2. Hecho imponible.—1. Constituye el hecho imponible de la presente tasa la
prestación del servicio de recepción obligatoria del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos municipales de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerza cualquier actividad.
2. A tal efecto, se consideran residuos domésticos, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, los residuos peligrosos o no peligrosos generados en los hogares como
consecuencia de las actividades domésticas.
Se consideran también residuos domésticos los similares en composición y cantidad a
los anteriores generados en servicios e industrias, que no se generen como consecuencia de
la actividad propia del servicio o industria.
Se consideran residuos asimilables a domésticos los residuos procedentes de otras
fuentes distintas a los hogares, cuando esos residuos sean similares en naturaleza y composición a los residuos de origen doméstico.
Se consideran asimilables los residuos comerciales no peligrosos, entendiéndose por
estos los residuos generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del
resto del sector de servicios.
BOCM-20251127-100
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE COMPETENCIA LOCAL
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