Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-11-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20251128-54)
Convenio – Convenio de 13 de noviembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Organismo Autónomo (Ministerio de Defensa) para la atención a personas con discapacidad intelectual en el centro especial CEISFAS
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Convenio – Convenio de 13 de noviembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Organismo Autónomo (Ministerio de Defensa) para la atención a personas con discapacidad intelectual en el centro especial CEISFASB.O.C.M. Núm. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2025
Pág. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
54
CONVENIO de 13 de noviembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, Organismo Autónomo (Ministerio de Defensa) para la
atención a personas con discapacidad intelectual en el centro especial CEISFAS.
En Madrid, a 13 de noviembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las atribuciones que le confieren el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2 a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se
regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. José Javier Rodrigo de Azpiazu, en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, organismo autónomo (Ministerio de Defensa), en su calidad de Secretario General del Organismo, nombrado mediante Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, con domicilio en Madrid, calle Huesca número 31,
al amparo de las facultades que le atribuye el artículo 18.2 del Reglamento General de la
Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21
de diciembre.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, y
MANIFIESTAN
Primero
El 15 de octubre de 2010, con el fin de garantizar la continuidad de cuidados de 35 personas con discapacidad intelectual que, sin ser beneficiarias del Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, estaban siendo atendidas en el Centro Especial CEISFAS
en virtud de un convenio con el Ayuntamiento de Alcorcón que no se prorrogó, la entonces
Consejería de Familia y Asuntos Sociales suscribió un convenio con el ISFAS O. A., con vigencia hasta el día 7 de septiembre de 2011, a fin de regular su colaboración para continuar
prestando atención a dicho colectivo. Estas 35 personas que recibían atención en dicho Centro Especial se incrementaron en 5, mediante una adenda suscrita el 27 de julio de 2011, con
lo que el número de personas atendidas pasó a ser de 40.
Este convenio se fue prorrogando desde el año 2011 hasta el año 2019, siendo la última adenda de prórroga la suscrita con fecha 3 de julio de 2019 por la que se acordó un nuevo período de vigencia desde el 8 de septiembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019,
ambos inclusive.
Tercero
El convenio con el ISFAS O. A., suscrito en el año 2010, amparándose en la Disposición Adicional Octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, se adaptó a la nueva regulación de los convenios interadministrativos dispuesta en
la mencionada Ley, por tanto, podría haberse prorrogado hasta el 7 de septiembre de 2020.
BOCM-20251128-54
Segundo
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