Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
05/12/2025

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20251205-30)

Convenio – Adenda segunda de 20 de noviembre de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo

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Convenio – Adenda segunda de 20 de noviembre de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 144

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE DICIEMBRE DE 2025

B.O.C.M. Núm. 290

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
30

ADENDA segunda de 20 de noviembre de 2025, de prórroga del convenio entre la
Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
En Madrid, a 20 de noviembre de 2025.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con lo
establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y al artículo 3, apartado 2, del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de
la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, don Tomás Ángel Sancho, en calidad de presidente de Plena Inclusión Madrid, actuando en nombre y representación de esta entidad, que es la Federación de
Entidades de Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo de Madrid, avenida
Ciudad de Barcelona, n.o 108, escalera 2, bajo D, 28007 de Madrid, CIF G-28729853, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con número 29831, sección 1.a, declarada de utilidad pública con fecha 2 de abril de 1982, y con los poderes y capacidad jurídica para firmar convenios, conferidos en la Junta Directiva de 12 de septiembre
de 2022, elevado a público en escritura de 29 de septiembre de 2022, y conforme al bastanteo de poderes ratificado por la Letrada de la Comunidad de Madrid de 27 de febrero de 2023.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente capacidad
jurídica y de obrar suficiente para suscribir la presente Adenda y, a tal efecto,

I. Que con fecha 25 de marzo de 2024 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y la entidad Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
En el marco de este convenio se han venido desarrollando distintos tipos de actuaciones en materia de accesibilidad cognitiva, destinadas a garantizar la igualdad de acceso a la
información y a los servicios públicos de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en la Comunidad de Madrid. La ejecución de las líneas de actuación recogidas en
este convenio ha mostrado su eficacia en la eliminación de las barreras de acceso y para dotar de una mayor autonomía a las personas con discapacidad intelectual en sus relaciones
con la Administración pública de la Comunidad de Madrid.
II. Que, según lo contemplado en la cláusula séptima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron una vigencia desde la fecha de su firma hasta el 30 de noviembre de 2024,
con posibilidad de poder prorrogarlo, mediante acuerdo expreso de las partes, por un período máximo de tres años adicionales.
III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y reconocen mutuamente el buen cumplimiento del convenio.
IV. Que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en materia de atención e información al ciudadano y en materia de promoción, coordinación y producción normativa que requiera el de-

BOCM-20251205-30

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