Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-12-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Consorcio Urbanístico Leganés Norte (BOCM-20251211-40)
Delegación competencias – Anuncio de 28 de noviembre de 2025, por el que se hace público el Acuerdo de 24 de noviembre de 2025, del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, de Leganés (Madrid), por el que se delegan competencias, se dejan sin efecto delegaciones adoptadas y se modifica la delegación de competencias previstas en los puntos tercero y cuarto del Acuerdo del Consejo de Administración de 17 de junio de 2025
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Delegación competencias – Anuncio de 28 de noviembre de 2025, por el que se hace público el Acuerdo de 24 de noviembre de 2025, del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico “Leganés Norte”, de Leganés (Madrid), por el que se delegan competencias, se dejan sin efecto delegaciones adoptadas y se modifica la delegación de competencias previstas en los puntos tercero y cuarto del Acuerdo del Consejo de Administración de 17 de junio de 2025Pág. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE DICIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 295
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CONSORCIO URBANÍSTICO LEGANÉS NORTE
40
ANUNCIO de 28 de noviembre de 2025, por el que se hace público el Acuerdo de 24
de noviembre de 2025, del Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico
“Leganés Norte”, de Leganés (Madrid), por el que se delegan competencias, se dejan sin efecto delegaciones adoptadas y se modifica la delegación de competencias
previstas en los puntos tercero y cuarto del Acuerdo del Consejo de Administración
de 17 de junio de 2025.
El Consejo de Administración del Consorcio Urbanístico “Leganés Norte” adoptó, en
sesión celebrada con fecha 24 de noviembre de 2025, el siguiente
ACUERDO
“Los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regulan la delegación de competencias que tengan atribuidas los órganos de las
diferentes Administraciones Públicas en otros órganos de la misma Administración, aun
cuando no sean jerárquicamente dependientes.
Por todo ello, con el fin de agilizar la gestión y el funcionamiento, y conferir mayor
operatividad al Consorcio, especialmente, en la tramitación de procedimientos en materia
de contratación administrativa, y su correspondiente ordenación de pagos y tesorería, así
como en la tramitación de procedimientos en materia patrimonial, se propone delegar parte de las competencias previstas y atribuidas estatutariamente al Consejo de Administración, en el Presidente del Consejo de Administración y del Consorcio, así como en la persona titular de la Dirección-Gerencia, con lo que se procede a modificar la delegación de
competencias previstas en los puntos tercero y cuarto el acuerdo del Consejo de Administración de 17 de junio de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 218, de 12 de septiembre de 2025).
En relación a la revocación de la delegación de competencias, debemos estar a lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que determina que la misma será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido, así como en lo
dispuesto en el artículo 10 de la citada Ley, que hace referencia a la avocación, determinando
que, en supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante.
De conformidad con las competencias que corresponden al Consejo de Administración
y al Presidente, y teniendo en cuenta la normativa vigente en materia de contratos y el régimen presupuestario, contabilidad y control de la Administración Pública de adscripción,
en este caso la Comunidad de Madrid, aplicable al Consorcio, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 122 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Por todo lo anterior, el Consejo de Administración por unanimidad de los presentes y
representados
Primero
Delegar en el Presidente del Consejo de Administración y del Consorcio el ejercicio
de las siguientes competencias que se ejercerán junto con la persona titular de la DirecciónGerencia:
— Ejercer de consuno con la persona titular de la Dirección-Gerencia las potestades
de ordenación de pagos y tesorería del Consorcio cuyo importe unitario sea superior a 50.000 euros.
BOCM-20251211-40
ACUERDA
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 11-12-2025
Convenio – Convenio de colaboración de 22 de octubre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad CEU-San Pablo, para el desarrollo del prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de...
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