Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-12-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20251219-17)
Establecimiento precios privados – Orden 4834/2025, de 3 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los precios comunicados por la entidad privada colaboradora urbanística AB Aucatel Inspección y Control, S. L. U., a percibir por el ejercicio de sus funciones en el año 2026
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Establecimiento precios privados – Orden 4834/2025, de 3 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los precios comunicados por la entidad privada colaboradora urbanística AB Aucatel Inspección y Control, S. L. U., a percibir por el ejercicio de sus funciones en el año 2026B.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE DICIEMBRE DE 2025
Pág. 63
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
17
ORDEN 4834/2025, de 3 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los precios comunicados por la entidad
privada colaboradora urbanística AB Aucatel Inspección y Control, S. L. U., a
percibir por el ejercicio de sus funciones en el año 2026.
La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en la redacción
dada tras la entrada en vigor de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio, establece en
el apartado 1.g) del artículo 167 sexies, que las entidades privadas colaboradoras urbanísticas están obligadas a tarifar sus actuaciones, fijando anualmente los precios a percibir por
el ejercicio de sus funciones. Dichos precios deberán ser comunicados, con una antelación
mínima de dos meses al año natural en los que vayan a estar en vigor, al órgano al que se
atribuye la gestión del Registro, que dará publicidad a los mismos.
Con fecha 27 de marzo de 2025 se dicta la Orden 1214/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, por la que se mantiene la
inscripción de AB Aucatel Inspección y Control, S. L. U., en el registro de entidades privadas colaboradoras urbanísticas de la Comunidad de Madrid.
Con fecha 6 de noviembre de 2025, se recepciona en la Dirección General de Urbanismo la comunicación de precios a aplicar por la referida entidad en el ejercicio de sus funciones para el año 2026, que se incorpora como anexo de la presente Orden.
La competencia en materia de urbanismo le corresponde al titular de la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8
del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el
que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
en relación con el artículo 7 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid y con el artículo 1.1 del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior.
En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de las atribuciones que le han sido otorgadas, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo, de fecha 25 de noviembre de 2025,
Hacer públicos los precios comunicados por la entidad privada colaboradora urbanística AB Aucatel Inspección y Control, S. L. U., a percibir por el ejercicio de sus funciones
en el año 2026, que se incorporan como anexo a la presente Orden, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien ser impugnada directamente ante el Orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Madrid, a 3 de diciembre de 2025.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
BOCM-20251219-17
RESUELVE
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