Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-12-2025
Madrid (BOCM-20251219-54)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especialB.O.C.M. Núm. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE DICIEMBRE DE 2025
Pág. 201
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2025,
expediente 135-2024-00357, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para la parcela municipal situada en la ronda de Segovia número 95 y otros suelos públicos en el Área de Planeamiento
Incorporado 01.01 “San Francisco el Grande”, distrito de Centro, de iniciativa pública, de
conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la
Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publican los documentos con contenido normativo:
NORMAS URBANÍSTICAS
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.—El presente documento contiene las normas urbanísticas de la
ordenación establecida en el Plan Especial en la parcela municipal ubicada en la Ronda de
Segovia número 95 y otros suelos públicos en el API.01.01 “San Francisco el Grande” (en
adelante PE), del Distrito de Centro, hoja O-73/5 del plano de ordenación del Plan General
de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 (en adelante Plan General).
Art. 2. Ámbito territorial.—1. El ámbito del PE se circunscribe a las dos parcelas
recogidas en el Plano PO-01. Calificación suelo.
Art. 3. Alcance, relación con otras disposiciones normativas e interpretación.—1.
Los usos del suelo y la edificación establecidos en las presentes normas cumplirán las condiciones generales definidas en el Plan General, así como todo lo referente al régimen urbanístico de las Áreas de Planeamiento Incorporado.
2. Para todo lo que no esté regulado en estas normas, será de aplicación lo dispuesto
en los Títulos 6 y 7 de las normas urbanísticas NNUU del Plan General (en adelante NNUU).
3. En caso de existir contenidos contradictorios entre el Plan General y las presentes
normas, prevalecerán estas últimas sobre las primeras, en virtud de su mayor especificidad,
siempre que no se modifique alguna de las condiciones estructurantes de aquella.
Art. 4. Clasificación del Suelo.—1. A todos los efectos, al suelo ordenado en este
PE le corresponde la clasificación y categorización de suelo urbano consolidado.
Art. 5. Calificación del Suelo. Usos.—1. Es la establecida en el plano de ordenación O-73/5 M.
2. Los usos cualificados del ámbito son los siguientes: uso dotacional de servicios
colectivos en su clase de zona verde, nivel de implantación básico y uso dotacional de servicios colectivos en su clase de servicios públicos, nivel de implantación básico.
3. La parcela 1, se califica con el uso dotacional de servicios colectivos en su clase
de servicios públicos nivel de implantación básico.
BOCM-20251219-54
Capítulo II
Régimen urbanístico del suelo
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