Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
20/12/2025

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251220-5)

Convenio – Convenio de colaboración de 5 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

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Convenio – Convenio de colaboración de 5 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE DICIEMBRE DE 2025

B.O.C.M. Núm. 303

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
5

CONVENIO de colaboración de 5 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, para la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En Madrid, a 5 de diciembre de 2025.
REUNIDOS

De una parte, D. Juan Revuelta González, en su condición de Viceconsejero de Hacienda y Función Pública, en virtud del Decreto 193/2023, de 12 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que dispone su nombramiento, en uso de las atribuciones conferidas en el
apartado primero de la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones, y en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo
establecido en el apartado tercero del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Y de otra parte, Dña. Jimena Campuzano Gómez-Acebo, quien actúa en representación
del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Interviene en su condición de Decana de la Junta de Gobierno del Decanato Autonómico de Madrid, en virtud de su
nombramiento de 4 de noviembre de 2025, según lo dispuesto en los artículos 35.2.k) y 36 del
Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la citada Institución.

1.o La Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias establece en su artículo 25 que se
cede a las Comunidades Autónomas el rendimiento total o parcial en su territorio de, entre
otros, los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y
sobre Sucesiones y Donaciones. El alcance y condiciones de la cesión es regulado en la actualidad por la Ley 29/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a
la Comunidad de Madrid y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
2.o La disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y la Disposición Adicional segunda del Real
Decreto 828/1995, de 29 de mayo, permite a las Comunidades Autónomas encomendar funciones de gestión y liquidación del mencionado Impuesto a las Oficinas Liquidadoras de
Distrito Hipotecario a cargo de los Registradores de la Propiedad.
3.o Para facilitar la presentación a los contribuyentes de sus declaraciones tributarias
en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados, en su
modalidad Operaciones Societarias, con fecha 18 de junio de 2001 fue firmado un convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asamblea Territorial de Madrid del Colegio de Re-

BOCM-20251220-5

EXPONEN

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 20-12-2025

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