Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 26-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
26/12/2025

A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20251226-1)

Regulación jornada escolar – Decreto 94/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la jornada escolar en los centros docentes que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria y en centros de Educación Especial en la Comunidad de Madrid

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Regulación jornada escolar – Decreto 94/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la jornada escolar en los centros docentes que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria y en centros de Educación Especial en la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2025

Pág. 13

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
1

DECRETO 94/2025, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la jornada escolar en los centros docentes que imparten segundo ciclo de
Educación Infantil y Educación Primaria y en centros de Educación Especial en
la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid es competente, en virtud del artículo 29 de su Estatuto de
Autonomía, en el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión,
niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
27 de la Constitución española y leyes orgánicas que, conforme a su artículo 81.1, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.
El artículo 120.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación señala que:
“Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, innovaciones pedagógicas, programas educativos, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia o ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de ámbitos,
áreas o materias, en los términos que establezcan las Administraciones educativas y dentro
de las posibilidades que permita la normativa aplicable, incluida la laboral, sin que, en ningún caso, suponga discriminación de ningún tipo, ni se impongan aportaciones a las familias ni exigencias para las Administraciones educativas”.
Dicha posibilidad es igualmente reconocida en el artículo 21.6 del Real Decreto 157/2022,
de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria.
Por su parte, el artículo 14.1 del Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se
establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, declara que las
Administraciones Públicas fomentarán la autonomía organizativa de los centros.
En la Comunidad de Madrid, el artículo 28.1 del Decreto 61/2022, de 13 de julio, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación
y el currículo de la etapa de la Educación Primaria, reitera el principio de autonomía organizativa de los centros y, en su apartado 7, añade que “tendrán autonomía para organizar los
espacios y los tiempos, y para promover y acordar metodologías que favorezcan la enseñanza personalizada y mejoren los resultados de aprendizaje de todo el alumnado”. En términos similares, se pronuncia el artículo 17, apartados 1 y 5, del Decreto 36/2022, de 8 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de la Educación Infantil.
La jornada escolar en los centros docentes que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en la Comunidad de Madrid está regulada por la Orden 11994/2012,
de 21 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula la
jornada escolar en los centros docentes que imparten segundo ciclo de Infantil y Educación Primaria en la Comunidad de Madrid, y la Orden 502/2013, de 25 de febrero, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento a seguir para solicitar el
cambio de jornada escolar en los centros públicos que imparten segundo ciclo de Infantil y Educación Primaria en la Comunidad de Madrid.
Desde la entrada en vigor de dichas disposiciones, diversos estudios científicos e informes como, por ejemplo, Propuestas para un plan de acción para reducir el abandono
escolar temprano en España, presentado por la OCDE en 2023, han puesto en cuestión el
modelo de jornada escolar continua indicando que organizar la jornada escolar de un modo
pausado, alternando los períodos lectivos con los tiempos de ocio, alimentación y descanso tiene un efecto positivo sobre el rendimiento académico y el bienestar de los alumnos.
Igualmente, algunos estudios han demostrado la necesidad de tomar en consideración el
adecuado crecimiento, maduración y equilibrio personal y social de los menores, así como
sus biorritmos a la hora de abordar las actividades de enseñanza y aprendizaje en los centros escolares.

BOCM-20251226-1

I

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 26-12-2025

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN - AGENCIA DE CIBERSEGURIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20251226-24)

Encomienda de gestión – Encomienda de gestión de 12 de diciembre de 2025, entre la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid y la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20251226-54)

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