Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
30/12/2025

A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251230-1)

Incremento retributivo personal sector público – Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo del personal al servicio del Sector Público de la Comunidad de Madrid de los ejercicios 2025 y 2026

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Incremento retributivo personal sector público – Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo del personal al servicio del Sector Público de la Comunidad de Madrid de los ejercicios 2025 y 2026
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 12

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE DICIEMBRE DE 2025

B.O.C.M. Núm. 310

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ACUERDO de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo del personal al servicio del Sector Público de la Comunidad de
Madrid de los ejercicios 2025 y 2026.

La Ley 9/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2025 dispone en el apartado 2 de su artículo 21 que las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid no podrán experimentar un incremento global respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta
a los efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo. No obstante, la disposición
adicional decimonovena de la citada Ley 9/2024, de 26 de diciembre, establece que la aplicación de las normas de la misma se adecuará en las materias afectadas a las disposiciones
que, con carácter básico, se dicten por el Estado y, en especial, las relativas a incremento
retributivo, oferta de empleo público, tasa de reposición de efectivos y su cálculo, y sectores prioritarios y habilita al Consejo de Gobierno para adoptar las decisiones que procedan
en esta materia, a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en el marco de la política económica autonómica.
Estas mismas previsiones se recogen en el artículo 16.2 del proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026 y en su disposición adicional decimoctava.
El Real Decreto-Ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (B.O.E de 3 de diciembre de 2025), establece en su artículo 1.1.o, un incremento global máximo del 2,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024, en el año 2025, incluido en estas
últimas el incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento recogido en el
artículo 6.2 del Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social. Este incremento retributivo se considerará en términos de homogeneidad
para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal
como a la antigüedad de este y tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2025.
Por otra parte, el artículo 2.1.o del referido Real Decreto-Ley 14/2025, de 2 de diciembre, establece que, en el año 2026, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 1,5 por ciento respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2025, incluido en estas últimas el incremento retributivo
aprobado en el Real Decreto-Ley. Este incremento retributivo se considerará en términos
de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad de este y tendrá efectos económicos desde el 1 de
enero de 2026.
El Real Decreto-Ley 14/2025, de 2 de diciembre, se dicta al amparo de las competencias
exclusivas atribuidas al Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y coordinación con la Hacienda estatal, por el artículo 149.1.13.a
y 156.1.a de la Constitución Española y, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición final primera, tanto el artículo 1.1.o como el artículo 2.1.o del mismo, tienen carácter básico.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del referido Real Decreto-Ley 14/2025,
de 2 de diciembre, el calendario de abono de los importes y atrasos correspondientes al ejercicio 2025, se ha sometido a negociación sindical.

BOCM-20251230-1

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