Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
30/12/2025

Arganda del Rey (BOCM-20251230-55)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

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Contenido de la primera página

Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 250

MARTES 30 DE DICIEMBRE DE 2025

B.O.C.M. Núm. 310

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55

ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Arganda del Rey, en sesión extraordinaria celebrada
el 17 de diciembre de 2025, resueltas las alegaciones y reclamaciones presentadas, aprobó
definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio
de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos y, en cumplimiento del
artículo 17.3 y 4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del
texto íntegro de la modificación de la ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, entrando en vigor y siendo de aplicación el día 1 de enero de 2026, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
“” SEGUNDO. - Hacer uso de las facultades previstas en el artículo 15.1 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales y aprobar definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Texto íntegro de la modificación:
Artículo 2.
1.

Constituye el hecho imponible de la presente tasa la prestación, en régimen de recepción
obligatoria de los servicios de recogida, transporte y tratamiento de residuos que se generen o puedan generarse, tanto en viviendas y edificaciones de uso residencial, como en
alojamientos, edificios, locales, establecimientos, superficies e instalaciones de cualquier
clase.

2.

A los efectos de la presente tasa, se consideran residuos los tipificados como tales en la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

3.

Supuestos de no sujeción: No estarán sujetos a la tasa los supuestos que se señalan a
continuación:
a) Los inmuebles que hayan sido declarados en ruina.
b) Los solares.
c) Los inmuebles con uso catastral residencial, tanto en vivienda colectiva como unifamiliar, cuya modalidad constructiva sea la de garajes o trasteros, conforme a lo dispuesto en
el Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por 6 el que se aprueban las normas técnicas
de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana.

1.

La cuota estará compuesta por la suma de dos componentes: el componente básico por
la existencia del servicio y el componente específico por la producción potencial de residuos, cuyo cálculo se regula en los apartados siguientes.

2.

El componente básico cubrirá el cuarenta por ciento del coste del servicio, mientras que el
componente específico alcanzará el sesenta por ciento de dicho coste.

3.

El componente específico se determinará de forma distinta para los inmuebles residenciales y los no residenciales, tal y como se regula en los artículos siguientes. A estos efectos,
se utilizará la calificación que catastralmente proceda. Como excepción a lo anterior, se-

BOCM-20251230-55

Artículo 5

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 30-12-2025

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20251230-8)

Cese y nombramiento – Orden 5900/2025, de 7 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se cesa y se nombra Consejero Suplente por el grupo de profesores en el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20251230-20)

Autorización centro docente – Orden 5891/2025, de 9 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda la reordenación y supresión de algunos centros de la Universidad a Distancia de Madrid, así como la redistribución de las enseñanzas adscritas a los mismos

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