Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-01-2026
Madrid (BOCM-20260108-49)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funcionesPág. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 6
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se avocan las competencias para la redacción del proyecto y la posterior ejecución de las
obras de rehabilitación de edificaciones en la calle Puerta Bonita, número 1, y delegarlas en la
Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio.
En el barrio de Puerta Bonita, se encuentran los jardines Enrique Morente, zona verde básica con algo más de mil metros cuadrados, situada entre las calles General Ricardos,
Manuel Lamela y Clara Campoamor.
En el lateral de la plaza ajardinada, se encuentra una puerta monumental flanqueada
por dos volúmenes edificados simétricos, de una planta de altura sobre rasante y de planta
rectangular con un saliente poligonal de tres lados situados en la fachada que da frente a la
calle General Ricardos; cimentación corrida y muros de carga de ladrillo de un pie de espesor; cubierta de madera tipo par y picadero, entablado de madera y cubrición de teja cerámica plana.
Como consecuencia del impacto directo de un vehículo policial, el saliente situado en
la fachada de uno de los dos volúmenes edificados ha quedado en situación muy inestable,
con gran riesgo de derrumbe. Asimismo, el muro de carga de ladrillo macizo de un pie ubicado en la fachada presenta grandes grietas de directriz predominantemente vertical en el
lado derecho del saliente afectado por el impacto.
El otro volumen que flaquea la puerta, presenta diversas patologías que aconsejan su
intervención.
Conforme al apartado 19.o 1.1 b) y 1.4 c) del acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno
de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente, por una parte, para proyectar, supervisar y ejecutar todas aquellas
infraestructuras, incluidas las fuentes ornamentales de nueva implantación, cuya planificación
sea competencia de esta área de gobierno, sin perjuicio de las atribuidas a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos; y por otra parte, para gestionar, mantener, conservar
y explotar las infraestructuras y equipamientos ambientales del área relativos a los espacios
verdes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social, técnica y
económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones a proyectar se realicen en su
totalidad por la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio.
Dichas razones derivan de la experiencia y profesionalidad en trabajos de esta envergadura de la citada dirección general y de la necesidad de realizar la intervención con la mayor
celeridad posible para evitar mayores daños en las edificaciones. Asimismo, cabe destacar
que el inmueble está incluido en el entorno de un Bien de Interés Cultural, lo que redunda en
la necesidad de que la intervención se haga bajo la supervisión de técnicos de solvencia profesional indiscutible que prestan servicios en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio, dependiente del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
Desde el punto de vista económico, la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio dispone de la correspondiente partida presupuestaria para la ejecución
de esta obra, con un coste estimado de 250.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2025/001/190/933.01/632.00.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, avoque las competencias
previamente delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el
apartado 19.o 1.1 b) y 1.4 c) del acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y que tales competencias sean posteriormente delegadas
BOCM-20260108-49
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
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