Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-01-2026
Colmenar Viejo (BOCM-20260108-56)
Urbanismo. Expropiación
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Urbanismo. ExpropiaciónB.O.C.M. Núm. 6
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ENERO DE 2026
Pág. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
COLMENAR VIEJO
Anuncio del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, sobre información pública relativa a
la relación, concreta e individualizada, de los bienes y derechos de necesaria expropiación,
afectados por la expropiación forzosa para la ejecución de las obras del “Proyecto de construcción: Enlace de la M-607 en su cruce con la M-625 para los accesos al término municipal de Colmenar Viejo”.
El Pleno de esta entidad, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2025 en expediente 17838/2025, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:
— La aprobación inicial del “Proyecto de construcción: Enlace de la M-607 en su
cruce con la M-625 para los accesos al término municipal de Colmenar Viejo”.
— La declaración de utilidad pública e interés social de las citadas obras, de conformidad con los artículos 94 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, y la solicitud de urgente necesidad de ocupación de los terrenos afectados a la Comunidad Autónoma de Madrid, en virtud del artículo 52 de
la Ley de 16 de diciembre sobre Expropiación Forzosa.
— La aprobación inicial del expediente de expropiación forzosa con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos a expropiar, cuya ocupación o disposición se considera necesaria a los efectos de expropiación forzosa.
— El sometimiento a información pública, por un plazo de quince (15) días, de la relación de bienes y derechos contenida en el proyecto de obras que se consideran
de necesaria expropiación, mediante el anuncio correspondiente en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, en el Boletín Oficial de la Provincia,
en uno de los periódicos de mayor difusión de la Comunidad, en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Colmenar Viejo y, mediante notificación individual a los interesados.
Por medio del presente anuncio se procede a la incoación del correspondiente expediente de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de
cuanto establecen los artículos 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.
Se somete la relación de bienes y derechos contenida en el proyecto al trámite de información pública durante un plazo de quince (15) días hábiles computados en la forma dispuesta en el artículo 17.1 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa, para que los propietarios detallados en la relación anexa, y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la expropiación forzosa, puedan formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19, de la Ley Expropiación Forzosa,
y en los artículos 18 y 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los propietarios afectados, tienen a su disposición, en la sede del Ayuntamiento de
Colmenar Viejo, sita en la plaza del pueblo número 1 de Colmenar Viejo (Madrid), y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://colmenarviejo.com/ayuntamiento/concejalias/urbanismo-actividades-ydisciplina/urbanismo/informacion-publica-expediente-de-expropiacion-enlace-de-la-m-607en-su-cruce-con-la-m-625 ; el proyecto con la memoria, la relación de bienes y derechos
afectados, así como los planos de la expropiación.
Las alegaciones que se formulen irán dirigidas al registro general del Ayuntamiento de
Colmenar Viejo, plaza del pueblo número 1 de Colmenar Viejo (Madrid), indicando como
referencia “Alegaciones información pública en expediente 17838/2025”. Asimismo, para
la presentación de las alegaciones, se podrá hacer ante cualquier registro público acorde a
lo señalado en el artículo 16 de la referida Ley 39/2015, y ante la sede electrónica del Ayuntamiento.
BOCM-20260108-56
URBANISMO
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