Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-01-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260113-24)
Cesión de uso – Orden de 17 de noviembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la cesión de uso gratuita, a favor de la Federación Española de Banco de Alimentos (FESBAL), del edificio número 6, sito en el Complejo Ciudad Escolar, en la carretera de Colmenar Viejo, km 12,800, de Madrid, para que se destine a los usos propios de esa Federación
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Cesión de uso – Orden de 17 de noviembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se acuerda la cesión de uso gratuita, a favor de la Federación Española de Banco de Alimentos (FESBAL), del edificio número 6, sito en el Complejo Ciudad Escolar, en la carretera de Colmenar Viejo, km 12,800, de Madrid, para que se destine a los usos propios de esa FederaciónPág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 10
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 17 de noviembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se acuerda la cesión de uso gratuita, a favor de la Federación Española de Banco de Alimentos (FESBAL), del edificio número 6, sito en
el Complejo Ciudad Escolar, en la carretera de Colmenar Viejo, km 12,800, de
Madrid, para que se destine a los usos propios de esa Federación.
De acuerdo con los datos obrantes en el Inventario General de Bienes y Derechos de
la Comunidad de Madrid, con el número de referencia 2349.06, esta Administración es propietaria del edificio número 6 del Complejo Ciudad Escolar en la carretera de Colmenar
Viejo, km 12,800, de Madrid, catalogado como bien de naturaleza patrimonial.
La Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) es una asociación sin ánimo de lucro, apolítica y aconfesional, que desarrolla sus funciones en el ámbito del voluntariado social, destinando su actuación fundamentalmente a recuperar los excedentes alimenticios de nuestra sociedad y a redistribuirlos a través de entidades benéficas entre las
personas más necesitadas evitando así su desperdicio. FESBAL la conforman 54 Bancos de
Alimentos asociados en toda la geografía española y es miembro de la Federación Europea
de Bancos de Alimentos (FEBA).
Mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de fecha 19 de octubre de 2020,
se autorizó la cesión gratuita de uso del citado edificio a favor de FESBAL, por un período de
cinco años, con el fin de que fuera destinado a los fines propios de la Federación.
La Federación ha expresado su interés en renovar dicha cesión. En este sentido, la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales ha emitido informe favorable a la renovación, valorando positivamente
la labor desarrollada por FESBAL en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, la entrega de alimentos y el impulso del voluntariado.
En virtud de lo expuesto, conforme a la propuesta realizada por la Dirección General
de Patrimonio y Contratación y en atención al informe emitido por la Dirección General de
Servicios Sociales e Integración, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
en uso de las competencias conferidas por el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio,
de Patrimonio de la Comunidad de Madrid y apartado primero, 3.j) de la Orden de 17 de
abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el
ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones,
DISPONGO
Primero
Acordar la cesión de uso gratuita en las condiciones que figuran en el Anexo adjunto a
esta Orden a favor de la Federación Española de Banco de Alimentos (FESBAL), del inmueble sito en del edificio número 6 del Complejo Ciudad Escolar en la carretera de Colmenar
Viejo, km 12,800, de Madrid, para que se destine a los usos propios de esa Federación.
Corresponde a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales que tiene adscrito el inmueble, ejercer la tutela de la presente cesión de uso gratuita, a través de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, ejerciendo las funciones y responsabilidades de vigilancia, administración, gestión, conservación y defensa del inmueble que le
son propias, velando por el cumplimiento de la finalidad de esta cesión en las condiciones
establecidas en el Anexo adjunto a la presente Orden.
BOCM-20260113-24
Segundo
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