Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 26-01-2026
A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260126-1)
Creación y regulación Aceleradora Urbanística – Corrección de errores del Decreto 92/2025, de 10 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la Aceleradora Urbanística de la Comunidad de Madrid
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Creación y regulación Aceleradora Urbanística – Corrección de errores del Decreto 92/2025, de 10 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula la Aceleradora Urbanística de la Comunidad de MadridPág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
1
CORRECCIÓN de errores del Decreto 92/2025, de 10 de diciembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se crea y regula la Aceleradora Urbanística de la Comunidad
de Madrid.
Apreciado error tipográfico en la publicación del citado Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 298, correspondiente al día 15 de diciembre
de 2025, páginas 14 a 24 (n.o inserción 03/20.518/25), se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el DISPONE, página 22,
— Donde dice:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Cooperación interadministrativa con los municipios
1. La dirección general competente en materia de Urbanismo, en coordinación con
la Unidad Técnica de la Aceleradora Urbanística, pondrá a disposición de los municipios la
información necesaria sobre el funcionamiento de la Aceleradora Urbanística y la plataforma que la asiste, prestando la asistencia que resulte necesaria para su utilización y para la
aplicación del decreto.
2. Las modificaciones relevantes que se introduzcan en la plataforma serán objeto de
comunicación a los municipios.
Disposición adicional segunda. Implementación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria en la centralización de informes.
La petición de informes y/o consultas ambientales relativas a instrumentos de ordenación del territorio o urbanísticos que requieran del procedimiento de evaluación ambiental
estratégica ordinaria se implementará progresivamente en función del desarrollo de la plataforma de la tramitación centralizada de informes”.
— Debe decir:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Cooperación interadministrativa con los municipios
1. La dirección general competente en materia de Urbanismo, en coordinación con
la Unidad Técnica de la Aceleradora Urbanística, pondrá a disposición de los municipios la
información necesaria sobre el funcionamiento de la Aceleradora Urbanística y la plataforma que la asiste, prestando la asistencia que resulte necesaria para su utilización y para la
aplicación del decreto.
2. Las modificaciones relevantes que se introduzcan en la plataforma serán objeto de
comunicación a los municipios.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
La petición de informes y/o consultas ambientales relativas a instrumentos de ordenación del territorio o urbanísticos que requieran del procedimiento de evaluación ambiental
estratégica ordinaria se implementará progresivamente en función del desarrollo de la plataforma de la tramitación centralizada de informes”.
Madrid, a 23 de enero de 2023.
(03/1.077/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260126-1
Implementación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria
en la centralización de informes
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