Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 26-01-2026
Valdeolmos-Alalpardo (BOCM-20260126-71)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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Régimen económico. Ordenanzas fiscalesPág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 21
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por acuerdo plenario de fecha 8 de octubre de 2025 se aprobó provisionalmente modificar las siguientes ordenanzas fiscales y al no formularse alegaciones en el período legalmente establecido, se eleva a definitivo el referido acuerdo:
Aprobar las modificaciones de las ordenanzas fiscales municipales, en los siguientes
términos:
1. Ordenanza fiscal de normas generales para el establecimiento de precios públicos
por utilización de servicios y actividades del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, se
modifica el artículo 5 con el siguiente tenor literal:
“Artículo 5. Forma de pago.—El pago se realizará previa notificación de la liquidación correspondiente, por cualquiera de los medios legalmente establecidos”.
“H) Concesión de Nichos por diez años: 300 euros.
“I) Columbarios permanentes por diez años para varias urnas: 200 euros”.
4. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por gestión de residuos urbanos.
Se modifica el artículo 2 “Hecho imponible” se añade el apartado 6, quedando redactado en los siguientes términos:
”2.6. Supuestos de no sujeción. No estarán sujetos a la tasa los supuestos que se señalan a continuación:
a) Los inmuebles declarados en estado de ruina.
b) Los solares.
c) Los inmuebles con uso catastral residencial, tanto en vivienda colectiva como unifamiliar, cuya modalidad constructiva sea la de garajes o trasteros, conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio”.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que contra dicho acto y
de conformidad con el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Alalpardo, a 3 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel
Medranda Rivas.
(03/664/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260126-71
2. Ordenanza fiscal reguladora del precio público por prestación del servicio y uso
de las instalaciones deportivas, se modifica el artículo 3, en su apartado Asociaciones, en
los siguientes términos:
“Asociaciones: Las asociaciones deportivas, inscritas en el Registro Municipal y cuyo
objeto sea la promoción del deporte, entidades educativas y cualquier otra entidad de interés
público, se regirán bajo convenios de colaboración y los precios públicos aplicables a las
mismas podrán llegar a una reducción de hasta un 70 % en los torneos y clases que organicen. Todo ello previa presentación y autorización municipal del calendario de actividad”.
3. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación servicios funerarios. Se modifica el artículo 5 “Cuota Tributaria” debido a la incorporación de nuevos servicios funerarios:
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