Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-01-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20260128-41)
Formalización contrato – Resolución de 12 de enero de 2026, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se autoriza el contrato de arrendamiento del local del inmueble sito en la calle Canarias, número 5, de Madrid
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Formalización contrato – Resolución de 12 de enero de 2026, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se autoriza el contrato de arrendamiento del local del inmueble sito en la calle Canarias, número 5, de MadridPág. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 23
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL
41
RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2026, del Gerente de la Agencia Madrileña de
Atención Social, por la que se autoriza el contrato de arrendamiento del local del
inmueble sito en la calle Canarias, número 5, de Madrid.
HECHOS
En virtud del contrato de fecha 31 de julio de 2009 y de las novaciones de 2014 y
de 2020, la Comunidad de Madrid es la arrendataria del local de planta baja y sótano sito
en la calle Canarias número 5, de Madrid, con una superficie arrendada de 480,85 m2 y destinado a albergar el Comedor Social Calle Canarias. Este arrendamiento se encuentra dado
de alta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid, con el
número de referencia 1040 y adscrito al Organismo Autónomo Agencia Madrileña de Atención Social, dependiente de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Según lo establecido en la condición segunda, modificativa de la condición tercera
“Plazo”, del contrato de arrendamiento de 31 de julio de 2009, de la segunda novación modificativa del contrato de fecha 3 de diciembre de 2020, el plazo contractual alcanza hasta
el 31 de diciembre de 2025.
Denunciado en tiempo el contrato por parte de la propiedad, no procede la prórroga del
mismo. No obstante, la propiedad muestra su disposición a negociar un nuevo contrato con
efectos desde el 1 de enero de 2026.
Por parte de la Agencia Madrileña de Atención Social se ha informado que el referido
local continúa siendo necesario y propuesto la continuidad del arrendamiento.
Por ello, este Organismo Autónomo ha negociado con los propietarios y arrendadores
del inmueble (D. Rafael Martínez Porres con DNI ***0480*, D. Javier Martínez Porres con
DNI ***9011**, D.a Pilar María Martínez Porres con DNI ***8370**, y D. Ramón Martínez Porres con DNI *** 8106**) la extinción del contrato de arrendamiento de 31 de julio de 2009 y la firma de un nuevo contrato de alquiler con las siguientes condiciones:
a) Objeto: La parte Arrendadora arrienda a la Comunidad de Madrid el local de 480,85 m2
sito en la calle Canarias, número 5, de Madrid.
b) Plazo: El arrendamiento entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
c) Duración del arrendamiento: El plazo de duración del arrendamiento será de cuatro (4) años de obligado cumplimiento, finalizando el 31 de diciembre de 2029,
prorrogable otro año hasta el 31 de diciembre de 2030.
d) Renta mensual: Se fija una renta mensual de seis mil quinientos euros (6.500,00
euros), IVA no incluido, exigible desde la entrada en vigor del contrato.
e) Resto de condiciones: El resto de condiciones y cláusulas son las recogidas en el
contrato de arrendamiento una vez esté firmado.
Los contratos de arrendamiento, conforme establece el artículo 9 de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tienen el carácter de contratos privados y, por lo tanto, se regirán por las cláusulas o condiciones contenidas en el contrato de
arrendamiento, en su defecto, por lo previsto en el Título III de la Ley 29/1994, de 24 de
noviembre, de Arrendamientos Urbanos, cuya aplicación no se excluya de forma expresa
en el propio contrato y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.
Ahora bien, en cuanto a su preparación y adjudicación, se aplica la legislación patrimonial, en particular, la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de
Madrid, así como la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administracio-
BOCM-20260128-41
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
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