Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-01-2026
El Berrueco (BOCM-20260128-50)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Organización y funcionamiento. OrdenanzaPág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 23
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
EL BERRUECO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza municipal reguladora de las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias por
la utilización del tanatorio municipal de El Berrueco, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
“Primero.—Aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias por la utilización del tanatorio municipal de El Berrueco,
en los términos en que figura en el expediente.
Segundo.—Someter dicha ordenanza municipal a información pública y audiencia de
los interesados, con publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta (30) días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la ordenanza municipal en la Sede Electrónica
del Ayuntamiento ( https://elberrueco.sedelectronica.es ) y en su tablón de anuncios, con el
objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Tercero.—Recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.
Cuarto.—Facultar a Alcalde para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto”.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS PRESTACIONES PATRIMONIALES
PÚBLICAS NO TRIBUTARIAS POR LA UTILIZACIÓN DEL TANATORIO
MUNICIPAL DE EL BERRUECO
El Ayuntamiento de El Berrueco, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en materia de cementerios y servicios funerarios conforme a lo dispuesto en el artículo 25.2.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha
construido un edificio destinado a tanatorio municipal con la finalidad de garantizar a los
vecinos y vecinas del municipio, así como a sus familias, un servicio público de especial
relevancia social que facilite la despedida digna de las personas fallecidas.
La prestación de este servicio se llevará a cabo mediante concesión administrativa, correspondiendo al concesionario la gestión integral del edificio y la atención a las familias.
En aplicación del artículo 20.6 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y del artículo 289 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, las tarifas que
abonen las personas usuarias tienen la naturaleza de prestación patrimonial pública no tributaria, debiendo aprobarse por el Pleno y publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La aprobación de esta ordenanza responde a las siguientes finalidades:
a) Otorgar seguridad jurídica a las familias usuarias, fijando con carácter previo las
tarifas máximas que podrán exigirse por el uso del tanatorio municipal.
b) Evitar situaciones de abuso económico, asegurando que las tarifas no excedan de
los límites aprobados por el Pleno.
c) Garantizar la transparencia y el control municipal sobre la gestión de un servicio
de carácter esencial y sensible.
BOCM-20260128-50
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 28-01-2026
Formalización contrato – Resolución de 16 de enero de 2026, de la Gerencia del Hospital Universitario “La Paz”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la formalización del contrato de servicios de transporte con conductor en el...
Formalización contrato – Resolución de 16 de enero de 2026, de la Gerencia del Hospital Universitario "La Paz" por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la formalización del contrato de suministro del medicamento exclusivo: Ramucirumab (CYRAMZA). P....
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.