Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-02-2026
Morata de Tajuña (BOCM-20260203-58)
Régimen económico. Padrones fiscales
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Régimen económico. Padrones fiscalesB.O.C.M. Núm. 28
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 421
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
MORATA DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por decreto de esta Alcaldía-Presidencia nº 102, de 23 enero de 2026, en virtud de las
facultades que me otorga el art. 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local y, de conformidad con lo establecido en el art. 12 del RDL 2/2004, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
HE RESUELTO
BOCM-20260203-58
Primero.—Aprobar los siguientes Padrones fiscales para el ejercicio 2026:
1. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por importe de 265.590,09 euros.
2. Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, D) Entrada/salida o paso de vehículos, carruajes, etc. a través de las aceras por importe de 20.691,58 euros.
Los citados padrones fiscales estarán expuestos al público en el Servicio de Gestión
Tributaria y Recaudación Municipal de este Ayuntamiento por espacio de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que puedan ser examinados por
los interesados a los efectos previstos en el art. 14 del RDL 2/2004, de 5 de marzo.
Dicho anuncio tendrá carácter de notificación colectiva de conformidad con el
art. 102.3 de la Ley General Tributaria.
Segundo.—El período voluntario de ingreso de estos tributos, es el comprendido entre los días 1 de marzo al 20 de mayo de 2026. El pago de los tributos se podrá realizar en
cualquier oficina de las entidades colaboradoras Euro caja Rural, Banco de Santander, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y CaixaBank, presentando el documento de cobro que ha sido
remitido al domicilio de los sujetos pasivos. En el caso, de no haber recibido dicho documento podrá solicitarse un duplicado en la Oficina de Gestión Tributaria y Recaudación
Municipal.
Transcurrido dicho período sin haberlos satisfecho, las deudas serán exigidas por el
procedimiento de apremio y devengarán los recargos, intereses de demora y costas correspondientes.
Los recibos domiciliados se cargarán en las cuentas bancarias indicadas por los contribuyentes, el último día del período voluntario de ingreso: 20/5/2026.
En Morata de Tajuña, a 23 de enero de 2026.—El alcalde-presidente, Julio de las Heras Vera.
(01/1.115/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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