Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-02-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
06/02/2026

Arroyomolinos (BOCM-20260206-61)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

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Contenido de la primera página

Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 246

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE FEBRERO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 31

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61

ARROYOMOLINOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Decreto del Sr. Alcalde. D. Luis Quiroga Toledo, Alcalde del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) proclamado en sesión constitutiva de esta Corporación celebrada el
día 17 de junio de 2023 y a tenor de lo dispuesto en el art. 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, con la fecha que aparece en el cajetín dicta la siguiente Resolución:
Con fecha 13 de enero de 2026 se recibe informe de la jefatura de la Policía Local de
Arroyomolinos, con registro de salida GESPOL, n.o 27/2026, por el que se solicita por la
Jefatura de la policía Local, la delegación de la competencia para la emisión de la autorización del permiso de viaje fuera del territorio nacional para menores.
FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero.—Delegar en la Policía Local del Ayuntamiento de Arroyomolinos la competencia para la emisión de autorizaciones y permisos de salida del territorio nacional a favor
de menores de edad bajo el modelo y condiciones previstos por la Instrucción 10/2019 de
la Secretaría de Estado de Seguridad, o la norma que la sustituya, correspondiendo a la Policía Local la comprobación de los requisitos legalmente establecidos y la expedición del
correspondiente documento.
Segundo.—La presente delegación se circunscribe exclusivamente a la expedición del
permiso o autorización de viaje al extranjero de menores de edad cuando la solicitud sea
presentada por quienes posean la patria potestad o representación legal del menor. Los
agentes de la Policía Local delegados para esta función se ajustarán al modelo de autorización establecido por la normativa en vigor y velarán por el cumplimiento de las garantías

BOCM-20260206-61

La Instrucción 10/2019, de 9 de julio, de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, regula el procedimiento para otorgar el permiso de viaje fuera del territorio nacional para menores, fijando la forma de llevar a cabo esta actuación por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, habilitando, junto a la Policía Nacional y la Guardia
Civil, a otros organismos —entre ellos, los juzgados, los notarios y los alcaldes. Así mismo
en las FAQ emitidas por el citado Ministerio en relación con la aplicación práctica del contenido de la instrucción 10/2019, se señala que la autorización es válidamente emitida por
otros organismos, como la Policía Local por delegación del Alcalde, siempre que se realice según el modelo, características, plazos y demás requisitos que establezcan.
En este sentido, a fin de facilitar y agilizar el servicio a la ciudadanía de Arroyomolinos evitando desplazamientos innecesarios y atendiendo al principio de proximidad y prestación eficaz del servicio público, resulta oportuno delegar en la Policía Local la competencia para la expedición de las citadas autorizaciones en los términos y condiciones previstos
en la mencionada Instrucción.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL),
en su artículo 21.1, reconoce, con carácter general, que corresponde al alcalde la dirección,
inspección e impulso de los servicios municipales y la jefatura superior de todo el personal, incluida la Policía Local, así como la posibilidad de delegar el ejercicio de atribuciones
en los términos legalmente previstos. Asimismo, el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, exige que la delegación de atribuciones se lleve a cabo mediante decreto, en el que se delimite el ámbito, las facultades y las condiciones específicas de la delegación, surtiendo efectos desde el día siguiente al de su fecha, salvo disposición expresa en
contrario, sin perjuicio de su preceptiva publicación y de la debida comunicación al Pleno
en la primera sesión que celebre tras la delegación.
Por todo ello, y en uso de las competencias atribuidas, con el fin de garantizar una adecuada atención ciudadana y dar cumplimiento a las disposiciones legales, se dicta la presente resolución.

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