Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-02-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260209-6)
Instrucciones gestión nóminas – Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2026
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Instrucciones gestión nóminas – Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2026B.O.C.M. Núm. 33
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 27
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 3 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2026.
La regulación del régimen retributivo de los diferentes colectivos de empleados públicos que prestan sus servicios en la Comunidad de Madrid se lleva a cabo por medio de un
amplio conjunto normativo, del que forma parte, de una manera relevante, dentro de cada
ejercicio presupuestario, la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
Esta norma, en su Título II “De los Gastos de Personal”, regula el régimen retributivo
del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid, distinguiendo según
sea funcionarial, laboral o estatutario el vínculo de su relación de servicios.
Esta diversidad de regímenes jurídicos, así como la existencia de múltiples normas legales, reglamentarias y convencionales que regulan los criterios de cálculo, devengo, etc.,
de los diferentes conceptos retributivos aplicables a los distintos empleados de la Comunidad de Madrid, sea cual sea la vinculación jurídica que mantienen con la misma, dotan de
un alto grado de complejidad técnica al proceso de elaboración de las nóminas.
En este sentido, la Orden por la que se dictan las Instrucciones para la Gestión de las
Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid pretende cumplir ese objetivo de homogeneización de la información de retribuciones del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid.
En el presente ejercicio, de conformidad con los artículos 16 y siguientes de la Ley 6/2025,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026,
las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público de la Comunidad de
Madrid no experimentarán ningún incremento con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2025, salvo el incremento en el mismo porcentaje que el fijado en la normativa aprobada por el Estado, según señala la disposición adicional decimoctava, que a su vez, habilita al Consejo de Gobierno, para adoptar las decisiones que procedan en esta materia en el
marco de la política económica autonómica.
Por su parte, el Real Decreto-Ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, en su artículo 1.1, recoge para el año 2025, un incremento retributivo máximo y, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2025, del 2,5 por 100, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de
diciembre de 2024, incluido en estas últimas el incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por 100 recogido en el artículo 6.2 del Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas
urgentes en materia fiscal, energética y social. Asimismo, el artículo 2.1 del mismo texto legal, recoge para el año 2026, un incremento global máximo, y con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, del 1,5 por 100, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2025, incluido en estas últimas el incremento retributivo que aprueba el propio
Real Decreto-Ley, y adicionalmente un 0,5 por 100 si la variación del IPC en el año 2026 es
igual o superior al 1,5 por 100, que se abonará en el primer trimestre de 2027.
En relación con lo anterior, el Consejo de Gobierno ha aprobado el Acuerdo de 23 de
diciembre de 2025, sobre incremento retributivo del personal al servicio del Sector Público
de la Comunidad de Madrid de los ejercicios 2025 y 2026, por el que se aprueba un incremento, para el año 2025, con efectos desde el 1 de enero, del 2,5 por 100 en las retribuciones
del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 1.1 del Real
Decreto-Ley 14/2025. Este incremento, de conformidad con el apartado primero del mencionado Acuerdo, se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024,
incluido en estas últimas el incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por 100
recogido en el artículo 6.2 del Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales deri-
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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 09-02-2026
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