Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 12-02-2026
San Sebastián de los Reyes (BOCM-20260212-71)
Urbanismo. Disolución junta compensación
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Urbanismo. Disolución junta compensaciónPág. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 36
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
URBANISMO
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en sesión
ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación de
la U. E.-12 denominada “Pilar de Abajo”, con CIF número V-83305417 (inscrita en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid, con el número de inscripción 132/2022), una vez transcurrido el plazo de información pública sin que
se hayan presentado alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, al haberse dado cumplimiento al objeto y finalidades que
motivaron su creación y haberse procedido a la transferencia efectiva de la totalidad de los
servicios del ámbito al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) y en un periódico de los
de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, con notificación individualizada a quienes
aparezcan como interesados en el expediente.
Tercero.—Dar traslado del presente acuerdo al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras para que proceda a su inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 164
del Reglamento de Gestión Urbanística
Cuarto.—Contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local podrán interponerse:
a) Potestativamente, recurso de reposición ante la autoridad que dictó este acto, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta notificación, según lo
previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La interposición
de recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 117.2 de la Ley 39/2015.
b) Para el supuesto de no utilización de la vía impugnatoria anterior, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente notificación,
de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Contra la resolución de un recurso de reposición no
podrá interponerse de nuevo dicho recurso, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo conforme se indica en el párrafo anterior, en el plazo de dos meses a partir de la
fecha siguiente a la de su notificación.
Todo ello sin perjuicio del ejercicio de cualquier acción que en defensa de sus derechos
e intereses considere pertinente, de conformidad con el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
San Sebastián de los Reyes, a 2 de febrero de 2026.—El concejal-delegado de Desarrollo Urbano, Contratación y Compras, Medio Ambiente y Sostenibilidad y Patrimonio,
Diego Domingo García Muñoz.
(02/1.619/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260212-71
NÚMERO 03/22/2026. G 5/05. PROPUESTA DE APROBACIÓN
DEFINITIVA DE DISOLUCIÓN DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN
DE LA UE-12 “PILAR DE ABAJO”
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