Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 16-02-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
16/02/2026

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260216-22)

Programa emisión pagarés – Orden de 5 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones para la renovación del Programa de Emisión de Pagarés de la Comunidad de Madrid por un importe nominal máximo de 1.000.000.000,00 euros por un periodo de doce meses

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Programa emisión pagarés – Orden de 5 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones para la renovación del Programa de Emisión de Pagarés de la Comunidad de Madrid por un importe nominal máximo de 1.000.000.000,00 euros por un periodo de doce meses
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 122

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE FEBRERO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 39

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
22

ORDEN de 5 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones para la renovación del Programa
de Emisión de Pagarés de la Comunidad de Madrid por un importe nominal
máximo de 1.000.000.000,00 euros por un periodo de doce meses.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 3 de diciembre de 2024, autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a corto y largo plazo y a emitir pagarés por un importe total máximo de 5.733.860.133,19 euros.
En virtud del citado Acuerdo, las condiciones de los Mercados Financieros y la acogida favorable entre la comunidad inversora desde la creación del Programa de Emisión de
Pagarés que ha permitido reducir el coste financiero, al conseguir condiciones financieras
competitivas por la demanda existente, se considera conveniente que se proceda a la renovación del citado Programa para atender las necesidades transitorias de tesorería.
El importe no excede de los límites autorizados por el referido Acuerdo dándose cumplimiento al artículo 33 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para el año 2026.
En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo letra g) del artículo 169 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 35.1.a) de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026,
DISPONGO

Realizar la renovación del Programa de Emisión de Pagarés con las siguientes características:
— Importe nominal máximo: 1.000.000.000,00 euros.
— Valor nominal unitario: 1.000,00 euros.
— Duración del Programa: 5 años.
— Periodo autorizado: Doce meses. Desde el día de publicación de la presente Orden
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
— Plazo de emisión: Unos, dos, tres, seis, nueve o doce meses, así como cualquier
otro que pueda acordarse, siempre que no supere este último.
— Moneda: Cualquier moneda.
— Procedimiento de emisión y colocación: Emisiones a medida, colocaciones singulares, subastas o cualquier otro procedimiento alternativo según las condiciones de
mercado en el momento de la emisión.
— Coste emisor: Se estará a lo dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, modificada por la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional.
El coste total máximo de cada operación no podrá superar los 50 puntos básicos de
diferencial con respecto a la Deuda del Estado de similares características, incluyendo comisiones y otros gastos. Para calcular el diferencial se estará a lo dispuesto en el apartado tercero de la citada Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
— Amortización: Se amortizarán por el nominal a la fecha de vencimiento.
— Representación de los pagarés: Se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores S. A. Iberclear, siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

BOCM-20260216-22

Primero

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 16-02-2026

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