Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-02-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20260221-15)
Convenio – Adenda de 2 de febrero de 2026, de modificación al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Camilo José Cela, para la formación práctico clínica de los alumnos del grado de Enfermería
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Convenio – Adenda de 2 de febrero de 2026, de modificación al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Camilo José Cela, para la formación práctico clínica de los alumnos del grado de EnfermeríaB.O.C.M. Núm. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 21 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 229
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
15
ADENDA de 2 de febrero de 2026, de modificación al convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Camilo José Cela, para la formación
práctico clínica de los alumnos del grado de Enfermería.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, D.a Fátima Matute Teresa, nombrada
por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el apartado 3 del artículo 4 de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley
Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo.
De otra parte, la Ilma. Sra. Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio
Madrileño de Salud, D.a Laura Gutiérrez Barreno, nombrada mediante Decreto 257/2023,
de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid, el
artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico
y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024,
del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los
acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y
ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
Y de otra parte, el Excmo. Rector de la Universidad Camilo José Cela, D. Jaime Olmedo Ramos, nombrado por el Consejo de Administración de Centro de Enseñanza Universitaria SEK, S. A., en su reunión de 15 de septiembre de 2024, actuando en nombre y representación de la misma, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32.i) de
las Normas de Organización y Funcionamiento de dicha Universidad Camilo José Cela,
aprobadas mediante Decreto 78/2010, de 28 de octubre, del Consejo de Gobierno.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Segundo
Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios
y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen
jurídico y de funcionamiento.
BOCM-20260221-15
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado,
posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del personal de la
Consejería de Sanidad [artículo 8.d) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería].
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